Quiere presentar un reclamo relacionado con alguno de los siguientes beneficios sociales
¿Su problema se relaciona con...
Pago, duración o extinción del Subsidio al empleo de la mujer
Requisitos
- Presentación escrita y fundamentada, con los datos de quien reclama. Indicando período que reclama y modalidad de pago solicitado (anual o mensual).
- Copia de solicitud de beneficio, si la tuviere.
- Resolución de rechazo del beneficio, si la tuviere.
- Contrato de trabajo del período reclamado o finiquito según sea el caso.
- Certificado histórico de AFP.
- Liquidaciones de remuneraciones del período reclamado.
Tramitación del reclamo
- Si el caso es complejo y obliga a realizar investigaciones y diligencias probatorias, el período de respuesta puede extenderse a un máximo de seis meses.
- Si el dictamen es favorable, SUSESO procederá a notificar al organismo administrador del beneficio. En caso contrario, puede interponer un recurso de reconsideración ante el superintendente de Seguridad Social, aportando todos los antecedentes necesarios.
Se le negó el derecho a Asignación familiar o maternal
Recomendación
Los beneficiarios deben estar afectos al sistema previsional, ya sea como trabajador cotizante, como pensionado o como beneficiario de subsidio de cesantía del D.F.L. N°150, de 1981, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, del seguro de cesantía de la Ley N°19.728, o del subsidio por discapacidad mental de la Ley N° 20.255.
Requisitos
- Presentación escrita y fundamentada, con los datos de quien reclama. Indicando si es trabajador dependiente, independiente o pensionado.
- Copia de solicitud del beneficio, efectuada ante la entidad reclamada.
- Resolución que informa el rechazo del monto de la Asignación Familiar.
- Si es trabajador dependiente, además debe presentar su contrato de trabajo.
- Si es trabajador independiente, debe sumar un comprobante de la iniciación de actividades del SII o una breve descripción de la actividad.
- Si es pensionado, adjunte la resolución de su pensión y liquidaciones de pago del período reclamado.
Tramitación del reclamo
- Si el caso es complejo y obliga a realizar investigaciones y diligencias probatorias, el período de respuesta puede extenderse a un máximo de seis meses.
- Si el dictamen es favorable, SUSESO procederá a notificar al organismo administrador del beneficio. En caso contrario, puede interponer un recurso de reconsideración ante el superintendente de Seguridad Social, aportando todos los antecedentes necesarios.
No recibió el pago del Subsidio al empleo joven
Requisitos
- Presentación escrita y fundamentada, con los datos de quien reclama.
- Copia de solicitud de beneficio, si la tuviere.
- Resolución de rechazo del beneficio, si la tuviere.
- Contrato de trabajo del período reclamado o finiquito según sea el caso.
- Certificado histórico de AFP.
- Liquidaciones de remuneraciones del período reclamado.
Tramitación del reclamo
- Si el caso es complejo y obliga a realizar investigaciones y diligencias probatorias, el período de respuesta puede extenderse a un máximo de seis meses.
- Si el dictamen es favorable, SUSESO procederá a notificar al organismo administrador del beneficio. En caso contrario, puede interponer un recurso de reconsideración ante el superintendente de Seguridad Social, aportando todos los antecedentes necesarios.
No se reconoce/extinción de un causante del beneficio de Asignación familiar y maternal
Requisitos
- Presentación escrita y fundamentada, con los datos de quien reclama. Indicando si es trabajador dependiente, independiente o pensionado. Identifique la entidad administradora y el período reclamado.
- Identificación y rut del causante.
- Copia de solicitud del beneficio o extinción, si la tuviere.
- Resolución que informa el rechazo del monto de la Asignación Familiar.
- Copia del contrato de trabajo del período reclamado y actual si hubiere una relación laboral o finiquito, según sea el caso.
- Si se reclama el reconocimiento de un causante mayor de 18 años de edad, certificado de alumno regular.
Tramitación del reclamo
- Si el caso es complejo y obliga a realizar investigaciones y diligencias probatorias, el período de respuesta puede extenderse a un máximo de seis meses.
- Si el dictamen es favorable, SUSESO procederá a notificar al organismo administrador del beneficio. En caso contrario, puede interponer un recurso de reconsideración ante el superintendente de Seguridad Social, aportando todos los antecedentes necesarios.
Ayuda
Los causantes son las personas que viven a expensas del trabajador/beneficiario, y por tanto, son las que dan origen al beneficio.
No recibió el pago del Subsidio para discapacitados mentales menores de 18 años
Requisitos
- Presentación escrita y fundamentada, con los datos de quien reclama.
- Copia de solicitud de beneficio, si la tuviere.
- Resolución de rechazo del beneficio, si la tuviere.
- Copia de la Resolución de la COMPIN que declara el % de incapacidad.
- Antecedentes médicos de que disponga.
Tramitación del reclamo
- Si el caso es complejo y obliga a realizar investigaciones y diligencias probatorias, el período de respuesta puede extenderse a un máximo de seis meses.
- Si el dictamen es favorable, SUSESO procederá a notificar al organismo administrador del beneficio. En caso contrario, puede interponer un recurso de reconsideración ante el superintendente de Seguridad Social, aportando todos los antecedentes necesarios.
Derecho el Subsidio al empleo joven
Requisitos
- Presentación escrita y fundamentada, con los datos de quien reclama.
- Copia de solicitud de beneficio, si la tuviere.
- Resolución de rechazo del beneficio, si la tuviere.
- Contrato de trabajo del período reclamado o finiquito según sea el caso.
- Certificado histórico de AFP.
- Liquidaciones de remuneraciones del período reclamado.
Tramitación del reclamo
- Si el caso es complejo y obliga a realizar investigaciones y diligencias probatorias, el período de respuesta puede extenderse a un máximo de seis meses.
- Si el dictamen es favorable, SUSESO procederá a notificar al organismo administrador del beneficio. En caso contrario, puede interponer un recurso de reconsideración ante el superintendente de Seguridad Social, aportando todos los antecedentes necesarios.
Reclamo por Asignación Familiar Duplo
Requisitos
- Presentación escrita y fundamentada, con los datos de quien reclama. Indicando si es trabajador dependiente, independiente o pensionado. Identifique la entidad administradora y el período reclamado.
- Individualización del causante con RUN.
- Resolución que informa el rechazo o reducción del monto de la Asignación Familiar.
- Fotocopia íntegra y legible de la resolución de la COMPIN que declara la invalidez.
- Cualquier antecedente que desee aportar relacionado con la reclamación, por ejemplo: antecedentes médicos.
Tramitación del reclamo
- Si el caso es complejo y obliga a realizar investigaciones y diligencias probatorias, el período de respuesta puede extenderse a un máximo de seis meses.
- Si el dictamen es favorable, SUSESO procederá a notificar al organismo administrador del beneficio. En caso contrario, puede interponer un recurso de reconsideración ante el superintendente de Seguridad Social, aportando todos los antecedentes necesarios.
Ayuda
La Asignación Familiar Duplo equivale al doble de la asignación familiar, que se concede por el causante menor de 18 años que sufre algún grado de discapacidad física o mental, acreditada por la COMPIN.
Subsidio familiar
Ayuda
El Subsidio familiar es un beneficio en dinero que se paga mensualmente a personas de escasos recursos, por cada causante que tenga reconocido. Tiene una duración de tres años, pero puede ser renovado, en la medida que el(los) causante(s) y el beneficiario sigan cumpliendo los requisitos de la Ley N° 18.020.
Este beneficio es incompatible con las asignaciones familiar y maternal. Es decir, un causante de Subsidio familiar no puede a su vez ser causante de Asignación familiar o maternal, y viceversa.
El monto del Subsidio familiar es el mismo para todos los causantes, excepto para los inválidos y discapacitados mentales, que reciben el doble del valor del subsidio.
No se recibió el pago del Subsidio familiar
Requisitos
- Presentación escrita y fundamentada, con los datos de quien reclama. Indicando si concurrió a la Municipalidad respectiva a solicitar el beneficio y causantes reclamados.
- Copia de solicitud de beneficio, si la tuviere.
- Resolución de rechazo del beneficio, si la tuviere.
- Antecedentes que justifiquen la reclamación.
Tramitación del reclamo
- Si el caso es complejo y obliga a realizar investigaciones y diligencias probatorias, el período de respuesta puede extenderse a un máximo de seis meses.
- Si el dictamen es favorable, SUSESO procederá a notificar al organismo administrador del beneficio. En caso contrario, puede interponer un recurso de reconsideración ante el superintendente de Seguridad Social, aportando todos los antecedentes necesarios.
No se recibió la asignación familiar o maternal
No se recibió el pago del Aporte familiar permanente
Recomendación
Recuerde que para solicitar este bono, a diciembre del año anterior debe haber sido:
- Beneficiario del subsidio familiar
- Beneficiario de las asignaciones familiares o maternales
- Usuario del Subsistema de "Seguridades y Oportunidades".
- Parte como familia del Subsistema "Chile Solidario".
Los reconocimientos de causantes de subsidio familiar o de asignación familiar o maternal, deben encontrarse vigentes al 31 de diciembre del año inmediatamente anterior al del otorgamiento del Aporte.
Requisitos
- Presentación escrita y fundamentada, indicando la entidad administradora de asignación familiar a la que se encontraba afiliado el beneficiario en el mes de diciembre del año anterior al del otorgamiento del aporte.
- Respuesta del IPS en que consten las causales de exclusión.
- Individualización del causante reclamado, con RUN
- Antecedentes que justifiquen la reclamación.
Tramitación del reclamo
- Si el caso es complejo y obliga a realizar investigaciones y diligencias probatorias, el período de respuesta puede extenderse a un máximo de seis meses.
- Si el dictamen es favorable, SUSESO procederá a notificar al organismo administrador del beneficio. En caso contrario, puede interponer un recurso de reconsideración ante el superintendente de Seguridad Social, aportando todos los antecedentes necesarios.
Ayuda
Reclamo por la determinación del tramo para el pago de la asignación familiar
Requisitos
- Presentación escrita y fundamentada, con los datos de quien reclama. Indicando si es trabajador dependiente, independiente o pensionado. Identifique la entidad administradora y el período reclamado.
- Resolución que informa el tramo de la Asignación Familiar.
- Liquidaciones de remuneraciones del semestre enero a junio anterior al período reclamado.
Tramitación del reclamo
- Si el caso es complejo y obliga a realizar investigaciones y diligencias probatorias, el período de respuesta puede extenderse a un máximo de seis meses.
- Si el dictamen es favorable, SUSESO procederá a notificar al organismo administrador del beneficio. En caso contrario, puede interponer un recurso de reconsideración ante el superintendente de Seguridad Social, aportando todos los antecedentes necesarios.
Reclamo por no cobertura del Seguro escolar
Recomendación
Sin perjuicio de los requisitos de admisión que se deben cumplir, conjuntamente con la presentación de un escrito de reclamo, se estima deseable que el apelante aporte antecedentes clínicos que mantenga en su poder, tales como placas imagenológicas o cd con imágenes u otros exámenes efectuados en centros de salud privados.
Requisitos
- Presentación escrita y fundada, y que señale los datos identificatorios de quien reclama: nombre completo, RUN, domicilio, dirección de correo electrónico, teléfono.
- Fotocopia clara y legible de Resolución del Servicio de Salud que deniega cobertura del seguro.
- Copia de la Cédula Nacional de Identidad del estudiante afectado.
- Copia de la Cédula Nacional de Identidad de la persona que lo representa, si procede.
Tramitación
- Si el caso es complejo y obliga a realizar investigaciones y diligencias probatorias, el período de respuesta puede extenderse hasta un máximo de seis meses.
- Si la resolución es favorable, SUSESO instruirá al Servicio de Salud reclamado que proceda a otorgar los reembolsos respectivos.
- Si la resolución de SUSESO no acoge la apelación de la persona afectada, le asiste el derecho de presentar una solicitud de reconsideración ante el Superintendente de Seguridad Social, aportando todos los antecedentes necesarios que no haya aportado con anterioridad, y que estime pudiese hacer variar lo resuelto por esta Superintendencia.
Ayuda
Según lo señalado en el DS N° 313, de 1972, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, los estudiantes que tengan la calidad de alumnos regulares de establecimientos fiscales o particulares, del nivel de transición de la educación parvularia, de enseñanza básica, media, normal, técnica y universitaria, dependientes del Estado o reconocidos por éste, quedarán sujetos al seguro escolar contemplado en el artículo 3° de la Ley N° 16.744, por los accidentes que sufran durante sus estudios, o en la realización de su práctica educacional o profesional.
Las contingencias cubiertas por el Seguro escolar son:
- Accidente: es toda lesión que un estudiante sufra a causa o con ocasión de sus estudios, o de la realización de su práctica profesional o educacional, y que le produzca incapacidad o muerte.
- Accidente de trayecto: los ocurridos en el trayecto directo, de ida o regreso, entre la habitación (domicilio) o sitio de trabajo del estudiante y el establecimiento educacional respectivo; el lugar donde realice su práctica educacional o profesional, como también, los ocurridos en el trayecto directo entre estos últimos lugares.
El estudiante accidentado debe ser atendido en una posta u hospital del Servicio de Salud respectivo.
Si por razones calificadas por los servicios de salud, estos se encuentran imposibilidados de otorgar las prestaciones y por su urgencia, los afectados se ven obligados a obtenerla en forma particular, procederá el reembolso correspondiente. Sin embargo, si dicha atención ha sido requerida por los padres o apoderados, sin mediar las circunstancias anteriores, no procede la devolución (se ha producido automarginación).
Subsidio para discapacitados mentales menores de 18 años
Ayuda
El Subsidio para discapacitados mentales menores de 18 años es un beneficio para personas carentes de recursos, que consiste en un monto mensual en dinero y asistencia médica gratuita, para la mantención y cuidados de un discapacitado mental menor de 18 años.
Reclamar el derecho, cálculo y fecha de pago del subsidio postnatal parental
Recomendación
Es de mucha utilidad que la parte reclamante presente un escrito de reclamación, a través del formulario electrónico habilitado al final de esta sección, indicando con toda claridad los motivos de su disconformidad, y adjuntando los antecedentes que avalen su reclamación.
En el evento que requiera de asistencia por parte de un ejecutivo, se le sugiere recurrir a cualquiera de nuestras agencias regionales.
Requisitos
- Presentación escrita y fundada, que incluya los datos identificatorios de quien reclama: nombre completo, RUN, domicilio, dirección de correo electrónico y teléfono.
- Resolución o respuesta emanada del Organismo a cargo del pago del Beneficio Postnatal parental, con la que la persona interesada manifiesta disconformidad.
- Antecedentes que avalen la reclamación
Tramitación del reclamo
- La Superintendencia para resolver la solicitud instruirá al Organismo reclamado, para que remita todos los antecedentes que han dado lugar a la resolución o respuesta impugnada por la persona reclamante.
- Una vez constituido el expediente, éste será revisado por un experto del Departamento Contencioso Administrativo de la Superintendencia de Seguridad Social.
- Si la resolución es favorable, se procederá a instruir al Organismo Administrador reclamado para que proceda de acuerdo a lo fallado por este Organismo Fiscalizador.
- Si la resolución no acoge la apelación de la persona afectada, le asiste el derecho de presentar una solicitud de reconsideración, aportando todos los antecedentes necesarios que no haya acompañado con anterioridad y que estime pudiese hacer variar lo resuelto por esta Superintendencia.
El plazo para efectuar esta diligencia es de cinco días, contados desde la fecha de notificación del dictamen, de acuerdo a lo previsto en la Ley N° 19.880, sobre procedimientos administrativos.
No se recibió el Bono Bodas de oro
Requisitos
- Presentación escrita y fundamentada, con los datos de quien reclama. Indicando fecha de celebración del matrimonio y demás que estime necesarios.
- Copia de solicitud de beneficio, si la tuviere.
- Resolución de rechazo del beneficio, si la tuviere.
- Certificado de matrimonio.
- Certificado de defunción, si uno de los cónyuges hubiere fallecido.
- Certificado de puntaje de Fichas de Protección social.
- Comprobante de atención en IPS.
Tramitación del reclamo
- Si el caso es complejo y obliga a realizar investigaciones y diligencias probatorias, el período de respuesta puede extenderse a un máximo de seis meses.
- Si el dictamen es favorable, SUSESO procederá a notificar al organismo administrador del beneficio. En caso contrario, puede interponer un recurso de reconsideración ante el superintendente de Seguridad Social, aportando todos los antecedentes necesarios.
Ayuda
Este beneficio se otorga a los matrimonios que cumplan 50 años, pertenecientes a los cuatro quintiles más pobres de la población, que no se encuentren separados ni divorciados.
Derecho al subsidio para discapacitados mentales menores de 18 años
Requisitos
- Presentación escrita y fundamentada, con los datos de quien reclama.
- Copia de solicitud de beneficio, si la tuviere.
- Resolución de rechazo del beneficio, si la tuviere.
- Copia de la Resolución de la COMPIN que declara el % de incapacidad.
- Antecedentes médicos de que disponga.
Tramitación del reclamo
- Si el caso es complejo y obliga a realizar investigaciones y diligencias probatorias, el período de respuesta puede extenderse a un máximo de seis meses.
- Si el dictamen es favorable, SUSESO procederá a notificar al organismo administrador del beneficio. En caso contrario, puede interponer un recurso de reconsideración ante el superintendente de Seguridad Social, aportando todos los antecedentes necesarios.
Reclamar el derecho, monto y fecha de inicio o término del Subsidio Familiar
Recomendación
Es de mucha utilidad que la parte reclamante presente un escrito de reclamación, a través del formulario electrónico habilitado al final de esta sección, indicando con toda claridad los motivos de su disconformidad, y adjuntando los antecedentes que avalen su reclamación.
En el evento que requiera de asistencia por parte de un ejecutivo, se le sugiere recurrir a cualquiera de nuestras agencias regionales.
Requisitos
- Presentación escrita y fundada, que incluya los datos identificatorios de quien reclama: nombre completo, RUN, domicilio, dirección de correo electrónico, teléfono y también la identificación de la entidad reclamada y/o municipio.
- Otros antecedentes que avalen la reclamación (deseable)
Tramitación del reclamo
- La Superintendencia para resolver la solicitud instruirá al Organismo reclamado, para que remita todos los antecedentes que han dado lugar a la resolución o respuesta impugnada por la persona reclamante.
- Una vez constituido el expediente, éste será revisado por un experto del Departamento Contencioso Administrativo de la Superintendencia de Seguridad Social.
- Si la resolución es favorable, se procederá a instruir al Organismo Administrador reclamado para que proceda de acuerdo a lo fallado por este Organismo Fiscalizador.
- Si la resolución no acoge la apelación de la persona afectada, le asiste el derecho de presentar una solicitud de reconsideración, aportando todos los antecedentes necesarios que no haya acompañado con anterioridad y que estime pudiese hacer variar lo resuelto por esta Superintendencia.
El plazo para efectuar esta diligencia es de cinco días, contados desde la fecha de notificación del dictamen, de acuerdo a lo previsto en la Ley N° 19.880, sobre procedimientos administrativos.
Asignación familiar y maternal
Subsidio al empleo de la mujer
Ayuda
El Subsidio al empleo de la mujer es un beneficio en dinero otorgado a la mujeres trabajadoras, que pertenezcan al 40% más vulnerable de la población, y a sus empleadores.
Tiene por finalidad complementar la remuneración o renta de los trabajadoras e incentivar su contratación.
No recibió el pago de la Asignación familiar o maternal
Requisitos
- Presentación escrita y fundamentada, con los datos de quien reclama. Indicando si es trabajador dependiente, independiente o pensionado. Identifique la entidad administradora y el período reclamado.
- Copia de solicitud del beneficio, efectuada ante la entidad reclamada.
- Resolución que informa el rechazo del monto de la Asignación Familiar.
- Contrato de trabajo del período reclamado y el actual, si hubiere una nueva relación laboral.
- Liquidaciones de remuneraciones del período reclamado.
- Certificado histórico de cotizaciones previsionales.
- Copia de finiquito, si procediere, por haber terminado la relación laboral.
Tramitación del reclamo
- Si el caso es complejo y obliga a realizar investigaciones y diligencias probatorias, el período de respuesta puede extenderse a un máximo de seis meses.
- Si el dictamen es favorable, SUSESO procederá a notificar al organismo administrador del beneficio. En caso contrario, puede interponer un recurso de reconsideración ante el superintendente de Seguridad Social, aportando todos los antecedentes necesarios.
Ayuda
Los causantes son las personas que viven a expensas del trabajador/beneficiario, y por tanto, son las que dan origen al beneficio.
Subsidio al empleo joven
Ayuda
El Subsidio al empleo joven es un beneficio en dinero para los jóvenes de hasta 24 años, que pertenezcan al 40% más pobre de la población y sus empleadores.
Tiene por finalidad complementar la remuneración o renta de los trabajadores e incentivar su contratación.
Derecho al subsidio al empleo de la mujer
Requisitos
- Presentación escrita y fundamentada, con los datos de quien reclama. Indicando período que reclama y modalidad de pago solicitado (anual o mensual).
- Copia de solicitud de beneficio, si la tuviere.
- Resolución de rechazo del beneficio, si la tuviere.
- Contrato de trabajo del período reclamado o finiquito según sea el caso.
- Certificado histórico de AFP.
- Liquidaciones de remuneraciones del período reclamado.
Tramitación del reclamo
- Si el caso es complejo y obliga a realizar investigaciones y diligencias probatorias, el período de respuesta puede extenderse a un máximo de seis meses.
- Si el dictamen es favorable, SUSESO procederá a notificar al organismo administrador del beneficio. En caso contrario, puede interponer un recurso de reconsideración ante el superintendente de Seguridad Social, aportando todos los antecedentes necesarios.
Reclamo por solicitud de reintegro de sumas percibidas de Asignación familiar
Requisitos
- Presentación escrita y fundamentada, con los datos de quien reclama. Indicando si es trabajador dependiente, independiente o pensionado. Identifique la entidad administradora, el período reclamado y causante por el que se solicitó el reintegro.
- Cualquier antecedente que desee aportar relacionado con la reclamación.
- Carta mediante la cual se le informó el reintegro, si la tuviere.
Tramitación del reclamo
- Si el caso es complejo y obliga a realizar investigaciones y diligencias probatorias, el período de respuesta puede extenderse a un máximo de seis meses.
- Si el dictamen es favorable, SUSESO procederá a notificar al organismo administrador del beneficio. En caso contrario, puede interponer un recurso de reconsideración ante el superintendente de Seguridad Social, aportando todos los antecedentes necesarios.
Eliminación del Subsidio familiar
Requisitos
- Presentación escrita y fundamentada, con los datos de quien reclama. Indicando si concurrió a la Municipalidad respectiva a solicitar el beneficio y causantes reclamados.
- Copia de solicitud de beneficio, si la tuviere.
- Resolución de rechazo del beneficio, si la tuviere.
- Antecedentes que justifiquen la reclamación.
Tramitación del reclamo
- Si el caso es complejo y obliga a realizar investigaciones y diligencias probatorias, el período de respuesta puede extenderse a un máximo de seis meses.
- Si el dictamen es favorable, SUSESO procederá a notificar al organismo administrador del beneficio. En caso contrario, puede interponer un recurso de reconsideración ante el superintendente de Seguridad Social, aportando todos los antecedentes necesarios.
Ayuda
El subsidio familiar tiene una duración de tres años, pero puede ser renovado si el(los) causante(s) y el beneficiario siguen cumpliendo los requisitos de la Ley N° 18.020.
Orientación para familias
Reclamar el derecho a la asignación familiar, su monto y/o fecha de inicio o término
Recomendación
Es de mucha utilidad que las personas que no están de acuerdo con una resolución emanada de un Servicio de Bienestar presenten un escrito, a través del formulario electrónico habilitado al final de esta sección, indicando con toda claridad los motivos de su disconformidad, y adjuntando los antecedentes que avalen su reclamación.
En el evento que requiera de asistencia por parte de un ejecutivo, puede recurrir a cualquiera de nuestras agencias regionales.
Requisitos
- Presentación escrita y fundada, y que señale los datos identificatorios de quien reclama: nombre completo, RUN, domicilio, dirección de correo electrónico, teléfono e indicando además entidad reclamada.
- Antecedentes probatorios que desee aportar la persona de acuerdo a la naturaleza del reclamo.
Tramitación del reclamo
- La Superintendencia para resolver la solicitud instruirá al Organismo involucrado, para que remita todos los antecedentes que han dado lugar a la resolución impugnada por la persona reclamante.
- Una vez constituido el expediente del beneficio, éste será revisado por un experto del Departamento Contencioso Administrativo de la Superintendencia de Seguridad Social.
- Si la resolución es favorable, se procederá a instruir al Organismo Administrador reclamado para que modifique su resolución, de acuerdo a lo fallado por este Organismo Fiscalizador.
- Si la resolución no acoge la apelación de la persona afectada, le asiste el derecho de presentar una solicitud de reconsideración, aportando todos los antecedentes necesarios que no haya acompañado con anterioridad y que estime pudiese hacer variar lo resuelto por esta Superintendencia.
No recibió la Asignación familiar o maternal por incompatibilidad de beneficios
Requisitos
- Presentación escrita y fundamentada, con los datos de quien reclama. Indicando si es trabajador dependiente, independiente o pensionado. Identifique la entidad administradora, el período reclamado, el beneficio que da origen a la incompatibilidad y si ésta dice relación con el beneficiario causante.
- Resolución que informa el rechazo de la Asignación Familiar.
- Cualquier antecedente relacionado con el beneficio incompatible.
Tramitación del reclamo
- Si el caso es complejo y obliga a realizar investigaciones y diligencias probatorias, el período de respuesta puede extenderse a un máximo de seis meses.
- Si el dictamen es favorable, SUSESO procederá a notificar al organismo administrador del beneficio. En caso contrario, puede interponer un recurso de reconsideración ante el superintendente de Seguridad Social, aportando todos los antecedentes necesarios.
Ayuda
Los beneficios de asignación familiar o maternal son incompatibles con el de subsidio familiar. Por lo tanto, un causante de subsidio familiar, no puede a su vez ser causante de asignación familiar o maternal, y viceversa.
Derecho al Subsidio familiar
Requisitos
- Presentación escrita y fundamentada, con los datos de quien reclama. Indicando si concurrió a la Municipalidad respectiva a solicitar el beneficio y causantes reclamados.
- Copia de solicitud de beneficio, si la tuviere.
- Resolución de rechazo del beneficio, si la tuviere.
- Antecedentes que justifiquen la reclamación.
Tramitación del reclamo
- Si el caso es complejo y obliga a realizar investigaciones y diligencias probatorias, el período de respuesta puede extenderse a un máximo de seis meses.
- Si el dictamen es favorable, SUSESO procederá a notificar al organismo administrador del beneficio. En caso contrario, puede interponer un recurso de reconsideración ante el superintendente de Seguridad Social, aportando todos los antecedentes necesarios.