Resumen del caso
No se recibió el Bono Bodas de oro
Si cumple con los requisitos para recibir este beneficio, puede presentar un reclamo en esta Superintendencia.
Requisitos
- Presentación escrita y fundamentada, con los datos de quien reclama. Indicando fecha de celebración del matrimonio y demás que estime necesarios.
- Copia de solicitud de beneficio, si la tuviere.
- Resolución de rechazo del beneficio, si la tuviere.
- Certificado de matrimonio.
- Certificado de defunción, si uno de los cónyuges hubiere fallecido.
- Certificado de puntaje de Fichas de Protección social.
- Comprobante de atención en IPS.
Tramitación del reclamo
- Si el caso es complejo y obliga a realizar investigaciones y diligencias probatorias, el período de respuesta puede extenderse a un máximo de seis meses.
- Si el dictamen es favorable, SUSESO procederá a notificar al organismo administrador del beneficio. En caso contrario, puede interponer un recurso de reconsideración ante el superintendente de Seguridad Social, aportando todos los antecedentes necesarios.
Más información:
Bono Bodas de OroNo se recibió el Bono Bodas de oro
Si cumple con los requisitos para recibir este beneficio, puede presentar un reclamo en esta Superintendencia.
Requisitos
- Presentación escrita y fundamentada, con los datos de quien reclama. Indicando fecha de celebración del matrimonio y demás que estime necesarios.
- Copia de solicitud de beneficio, si la tuviere.
- Resolución de rechazo del beneficio, si la tuviere.
- Certificado de matrimonio.
- Certificado de defunción, si uno de los cónyuges hubiere fallecido.
- Certificado de puntaje de Fichas de Protección social.
- Comprobante de atención en IPS.
Tramitación del reclamo
- Si el caso es complejo y obliga a realizar investigaciones y diligencias probatorias, el período de respuesta puede extenderse a un máximo de seis meses.
- Si el dictamen es favorable, SUSESO procederá a notificar al organismo administrador del beneficio. En caso contrario, puede interponer un recurso de reconsideración ante el superintendente de Seguridad Social, aportando todos los antecedentes necesarios.
Ayuda
Este beneficio se otorga a los matrimonios que cumplan 50 años, pertenecientes a los cuatro quintiles más pobres de la población, que no se encuentren separados ni divorciados.