Resumen del caso
Solicitar la revisión del cálculo de los beneficios económicos asociados a un accidente del trabajo o enfermedad profesional
Permite a las personas trabajadoras afectadas por un accidente del trabajo o enfermedad profesional solicitar a la Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) la revisión del monto de una pensión de invalidez, de una indemnización o de un subsidio por incapacidad laboral derivado del uso de una licencia médica. Dichos beneficios económicos se encuentran contemplados en la Ley N° 16.744, sobre seguro social contra riesgos de accidentes del trabajo y enfermedades profesionales.
Recomendación
La persona que solicita dicha revisión, debe solicitar previamente al Organismo Administrador del Seguro Social de la Ley N° 16.744 (ACHS, Mutual de Seguridad, IST, ISL, Pontificia de la Universidad Católica de Chile y Divisiones de CODELCO) la revisión en primera instancia del respectivo beneficio, y en el evento que la respuesta sea desfavorable podrá solicitar a SUSESO su revisión.
Requisitos
- Presentación escrita y fundada
- Resolución por la cual reclama
Tramitación del reclamo
- La Superintendencia para resolver la solicitud instruirá al Organismo involucrado, para que remita todos los antecedentes que se tuvo a la vista para calcular el beneficio cuyo monto se ha reclamado.
- Una vez constituido el expediente del beneficio, éste será revisado por un experto del Departamento Contencioso Administrativo de la Superintendencia de Seguridad Social.
- Si la resolución es favorable, se procederá a instruir al Organismo Administrador reclamado para que modifique su resolución, de acuerdo a lo fallado por este Organismo Fiscalizador.
- Si la resolución no acoge la apelación de la persona afectada, le asiste el derecho de presentar una solicitud de reconsideración, aportando todos los antecedentes necesarios que no haya acompañado con anterioridad y que estime pudiese hacer variar lo resuelto por esta Superintendencia.
Más información:
Solicitar la revisión del cálculo de los beneficios económicos asociados a un accidente del trabajo o enfermedad profesional
Recomendación
La persona que solicita dicha revisión, debe solicitar previamente al Organismo Administrador del Seguro Social de la Ley N° 16.744 (ACHS, Mutual de Seguridad, IST, ISL, Pontificia de la Universidad Católica de Chile y Divisiones de CODELCO) la revisión en primera instancia del respectivo beneficio, y en el evento que la respuesta sea desfavorable podrá solicitar a SUSESO su revisión.
Requisitos
- Presentación escrita y fundada
- Resolución por la cual reclama
Tramitación del reclamo
- La Superintendencia para resolver la solicitud instruirá al Organismo involucrado, para que remita todos los antecedentes que se tuvo a la vista para calcular el beneficio cuyo monto se ha reclamado.
- Una vez constituido el expediente del beneficio, éste será revisado por un experto del Departamento Contencioso Administrativo de la Superintendencia de Seguridad Social.
- Si la resolución es favorable, se procederá a instruir al Organismo Administrador reclamado para que modifique su resolución, de acuerdo a lo fallado por este Organismo Fiscalizador.
- Si la resolución no acoge la apelación de la persona afectada, le asiste el derecho de presentar una solicitud de reconsideración, aportando todos los antecedentes necesarios que no haya acompañado con anterioridad y que estime pudiese hacer variar lo resuelto por esta Superintendencia.