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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

Ley 14.157

Encabezado

    LEY N° 14.157 Establece que las personas que se
desempeñen como cargadores en las Ferias y Mercados
Municipales, con excepción de las Ferias Libres, estarán
afectas al Servicio de Seguro Social.
    (Publicada en el "Diario Oficial" N° 24.779, de 27 de
octubre de 1960)
    Por cuanto el Congreso Nacional ha dado su aprobación
al siguiente
    Proyecto de ley:

Promulgación

    Y por cuanto he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo;
por tanto, promúlguese y llévese a efecto como ley de la
República.
    Santiago, diecisiete de octubre de mil novecientos
sesenta.- JORGE ALESSANDRI RODRIGUEZ.- Hugo Gálvez.