DS 40 de 1969 Mintrab, artículo 24
Texto
ARTICULO 24º. Las infracciones en que incurran los empleadores a las obligaciones que les impone el presente Título, serán sancionadas en conformidad con lo dispuesto en los artículos 11º y 13º del DS No. 173, de 1970, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social sin perjuicio de lo establecido en el artículo 69 de la Ley No. 16.744.