Compendio de Normas que regulan a las Cajas de Compensación de Asignación Familiar
Ley 18.833, artículo 62
Texto
Artículo 62.- Las Cajas de Compensación deberán ser disueltas: 1.- Cuando no se completare el capital mínimo dentro del plazo a que se refiere el artículo 10, y 2.- Cuando presenten una situación de insolvencia que no haya podido ser corregida mediante la intervención declarada por la causal del número 2 del artículo 57.
Partes del compendio donde se menciona Ley 18.833, artículo 62:
1.8.2 DISOLUCIÓN DE UNA C.C.A.F.
Ubicado en: 1 LIBRO I. DESCRIPCIÓN GENERAL / 1.8 TÍTULO VIII. DE LA INTERVENCIÓN Y DISOLUCIÓN / 1.8.2 DISOLUCIÓN DE UNA C.C.A.F.
Articulado: Ley 18.833, artículo 10 - Ley 18.833, artículo 57 - Ley 18.833, artículo 62