Compendio de Normas que regulan a las Cajas de Compensación de Asignación Familiar
Ley 18.833, artículo 29
Texto
Artículo 29.- Las Cajas de Compensación constituirán un fondo, que se denominará Fondo Social, y que se formará con los siguientes recursos: comisiones, reajustes e intereses de los capitales dados en préstamos, rentas de inversiones, multas, intereses penales, productos de venta de bienes y servicios, donaciones, herencias, legados y demás recursos que establezca la ley.
Partes del compendio donde se menciona Ley 18.833, artículo 29:
4.6.2 DE LAS OTRAS FORMAS DE PARTICIPACIÓN
Ubicado en: 4 LIBRO IV. PRESTACIONES LEGALES Y DE BIENESTAR SOCIAL / 4.6 TÍTULO VI. LEASING HABITACIONAL / 4.6.2 DE LAS OTRAS FORMAS DE PARTICIPACIÓN
Articulado: Ley 16.395, artículo 32 - Ley 18.833, artículo 29 - Ley 18.833, artículo 30 - Ley 18.833, artículo 31 - Ley 19.281, artículo 15 - Ley 19.281, artículo 16 - Ley 19.281, artículo 18 - Ley 19.281, artículo 55
Ubicado en: 6 LIBRO VI. GESTIÓN DE RIESGOS / 6.5 TÍTULO V. RIESGO DE SOLVENCIA / 6.5.1 CAPITAL MÍNIMO SEGÚN EL NIVEL DE RIESGOS / 6.5.1.2 Definición de Patrimonio para efectos de niveles mínimos de capital para las Cajas de Compensación de Asignación Familiar
Articulado: Ley 18.833, artículo 29
7.1.5.2.1 Estado de Situación Financiera Clasificado
Ubicado en: 7 LIBRO VII. ASPECTOS FINANCIERO CONTABLES / 7.1 TÍTULO I. ESTADOS FINANCIEROS / 7.1.5 FORMATO FUPEF-IFRS / 7.1.5.2 Estados Financieros / 7.1.5.2.1 Estado de Situación Financiera Clasificado
Articulado: Ley 16.744, artículo 77 bis - Ley 18.833, artículo 19 - Ley 18.833, artículo 29
7.1.5.3.2 Nota 2. Resumen de Principales Politicas Contables
Ubicado en: 7 LIBRO VII. ASPECTOS FINANCIERO CONTABLES / 7.1 TÍTULO I. ESTADOS FINANCIEROS / 7.1.5 FORMATO FUPEF-IFRS / 7.1.5.3 Notas Explicativas a los Estados Financieros / 7.1.5.3.2 Nota 2. Resumen de Principales Politicas Contables
Articulado: Ley 18.833, artículo 29