Compendio de Normas que regulan a las Cajas de Compensación de Asignación Familiar
Ley 18.833, artículo 15
Texto
Artículo 15.- Podrá retirarse de una Caja de Compensación cualquier entidad empleadora afiliada a ella, con el acuerdo de sus trabajadores adoptado en la forma establecida en el artículo 11, siempre que tenga un período de afiliación no inferior a seis meses. En caso que el acuerdo de desafiliación no sea adoptado, solamente podrá reintentarse a contar del día primero del mes siguiente a aquel en que se realizó el proceso fallido. En el caso que los trabajadores deseen desafiliarse de una Caja de Compensación para afiliarse a otra, se deberán llevar a cabo dos votaciones distintas y sucesivas, pudiendo tener lugar ambas en una misma asamblea.
Partes del compendio donde se menciona Ley 18.833, artículo 15:
2.1.1.2 Procedimiento de Desafiliación Presencial
Ubicado en: 2 LIBRO II. AFILIACIÓN Y DESAFILIACIÓN / 2.1 TÍTULO I. AFILIACIÓN DE ENTIDADES EMPLEADORAS / 2.1.1 PROCEDIMIENTO DE AFILIACIÓN Y DESAFILIACIÓN PRESENCIAL / 2.1.1.2 Procedimiento de Desafiliación Presencial
Articulado: Ley 18.833, artículo 11 - Ley 18.833, artículo 15 - Ley 18.833, artículo 17 - Ley 18.833, artículo 9