Compendio de Normas que regulan a las Cajas de Compensación de Asignación Familiar
Ley 18.833, artículo 10
Texto
Artículo 10.- Las Cajas de Compensación deberán mantener un capital y reservas cuyo monto sea a lo menos igual al capital mínimo señalado en el artículo 7°. Si por cualquier causa se redujere a una cantidad inferior al mínimo, la Caja de Compensación estará obligada a completarlo dentro del plazo de seis meses.
Partes del compendio donde se menciona Ley 18.833, artículo 10:
1.8.2 DISOLUCIÓN DE UNA C.C.A.F.
Ubicado en: 1 LIBRO I. DESCRIPCIÓN GENERAL / 1.8 TÍTULO VIII. DE LA INTERVENCIÓN Y DISOLUCIÓN / 1.8.2 DISOLUCIÓN DE UNA C.C.A.F.
Articulado: Ley 18.833, artículo 10 - Ley 18.833, artículo 57 - Ley 18.833, artículo 62