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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

Compendio de Normas que regulan a las Cajas de Compensación de Asignación Familiar


6.4.2 GERENCIA DE RIESGOS O UNIDAD AFÍN

6 LIBRO VI. GESTIÓN DE RIESGOS

6.4 TÍTULO IV. RIESGO DE CRÉDITO

6.4.2 GERENCIA DE RIESGOS O UNIDAD AFÍN

6.4.2 GERENCIA DE RIESGOS O UNIDAD AFÍN

Esta Superintendencia recomienda, en el marco de la adopción de buenas prácticas, contar con una Gerencia de Riesgos o unidad afín, con funciones claramente definidas, en la cual se designe un funcionario responsable de administrar los riesgos de crédito, para lo cual la Caja debe asegurarse de que exista una adecuada separación de funciones en los procesos de administración del riesgo y que éstos cuenten con la suficiente independencia para evitar potenciales conflictos de interés en la toma de decisiones. De esta manera, la Gerencia de Riesgos o unidad afín debería existir dentro de la estructura organizacional de la entidad y ser independiente de las áreas de operaciones, finanzas y comercial.

A su vez, la Gerencia de Riesgos o unidad afín será la responsable de velar porque los riesgos asumidos por la Caja se encuentren en los niveles deseados y definidos por el Directorio, en término de la determinación de provisiones apropiadas y el manejo integral del riesgo de crédito, por lo cual debe mantener permanente conocimiento de los niveles y evolución de provisiones, así como de la existencia de potenciales riesgos que puedan afectar el balance de la entidad. Esta Gerencia de Riesgos o unidad afín, será, por lo tanto, la encargada de definir el nivel adecuado de provisiones, basado en los requerimientos del Título IV del Libro VI del Compendio de la Ley N°18.833 y complementadas por las políticas que defina el Directorio en esta materia.

La Gerencia de Riesgos para desempeñar su labor debe realizar funciones tales como:

  1. Proponer al Directorio para su aprobación o actualización las políticas y procedimientos para la gestión de riesgos de crédito.

  2. Vigilar que la realización de las operaciones de la Caja se ajuste a las políticas y procedimientos para la gestión de riesgos de crédito.

  3. Difundir y dar a conocer las políticas y procedimientos de riesgo de crédito a todo el personal involucrado con el otorgamiento y con la evaluación de la cartera de créditos.

  4. Preocuparse que el nivel de provisiones cumpla los requerimientos mínimos del Título IV del Libro VI del Compendio de la Ley N°18.833 y que la pérdida esperada estimada, se encuentre adecuadamente cubierta por las provisiones.

  5. Realizar evaluaciones y seguimiento periódico del nivel de provisiones, debiendo informar al Directorio cada vez que éstas presenten variaciones importantes.

  6. Cautelar que las recomendaciones de esta Superintendencia y de los auditores internos, sean seguidas apropiadamente.

  7. Disponer de la capacitación necesaria para los equipos encargados del control y medición de riesgos en los desarrollos metodológicos, regulatorios y tecnológicos relevantes relacionados con la gestión del riesgo de crédito.

  8. Informar al Directorio, al menos trimestralmente, sobre:

    • El cumplimiento de las políticas y procedimientos descritos anteriormente

    • Un resumen de las acciones realizadas por la Gerencia de Riesgos.

    • Desempeñar otras funciones que el Directorio le asigne relacionadas con la gestión de riesgos.

6.4.2 GERENCIA DE RIESGOS O UNIDAD AFÍN

6.4.2.1 Unidad Especializada de Riesgo de Crédito

6.4.2.1 Unidad Especializada de Riesgo de Crédito

Se recomienda que la Gerencia de Riesgos o Unidad Afín cuente con una Unidad especializada, cuyo objetivo sea identificar, medir, controlar y divulgar el riesgo de crédito. La Unidad de Riesgo de Crédito debería existir dentro de la estructura organizacional de la entidad y ser independiente de las áreas de operación, finanzas y comercial.

El encargado de la Unidad de Riesgo de Crédito debe poseer un perfil profesional que lo faculte para desempeñar sus funciones adecuadamente, y la entidad debe contar con planes de capacitación en materia de riesgos para los miembros de dicha unidad.

La Unidad de Riesgo de Crédito para desempeñar su labor debería realizar funciones como:

  1. Diseñar las políticas y procedimientos para la gestión de riesgos de crédito.

  2. Verificar el cumplimiento de las políticas y los procedimientos una vez que hayan sido aprobados.

  3. Revisar los niveles de riesgo en lo que respecta a los cambios económicos y el entorno del mercado y el cambio de composición de la cartera de colocaciones.

  4. Medir y monitorear los riesgos a los que está expuesta la entidad, de conformidad con lo indicado en la normativa vigente.

  5. Medir y monitorear que el nivel de provisiones incorpore el estándar mínimo de acuerdo a lo estipulado en este Título IV del Libro VI del Compendio de la Ley N°18.833, preocupándose además de identificar las provisiones adicionales que la Caja considere prudentes.

  6. Informar a la Gerencia de Riesgos al menos mensualmente sobre la exposición de riesgo de la cartera de colocaciones y su evolución en el tiempo.

  7. Proponer y mantener la documentación relacionada con las medidas y el manejo del riesgo de crédito.

  8. Proponer y desarrollar modelos que mejoren la calidad y efectividad para calcular la pérdida esperada de la cartera de colocaciones, revisando la efectividad de los modelos, por lo menos, una vez al año por medio de backtesting.

  9. Brindar asesoría en materia de riesgos de crédito al personal de la Caja.

  10. Revisar al menos una vez al año las políticas y procedimientos para la gestión de riesgos, con el fin de proponer a la Gerencia de Riesgo los cambios que estime conveniente.

  11. Calcular y dar seguimiento a los requerimientos de capital para la cobertura de riesgos inesperados, de conformidad con la normativa vigente.

  12. Desempeñar otras actividades que la Gerencia de Riesgos o Unidad Afín le asigne, siempre que éstas se encuentren directamente relacionadas con los temas de riesgo de crédito.

La Unidad Especializada debería analizar e informar inmediatamente a la Gerencia de Riesgos o Unidad Afín, cualquier situación que pueda implicar riesgos significativos para el patrimonio o los flujos de la Caja.