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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

Compendio de Normas que regulan a las Cajas de Compensación de Asignación Familiar


1.7.1.1 Requisitos para ser Director de una C.C.A.F.

1 LIBRO I. DESCRIPCIÓN GENERAL

1.7 TÍTULO VII. ADMINISTRACIÓN DE LA CAJA DE COMPENSACIÓN DE ASIGNACIÓN FAMILIAR

1.7.1 DIRECTORIO

1.7.1.1 Requisitos para ser Director de una C.C.A.F.

1.7.1.1 Requisitos para ser Director de una C.C.A.F.

Para ser director se requiere:

  1. Ser chileno. Sin embargo, pueden ser directores los extranjeros cuyos cónyuges sean chilenos y los extranjeros residentes por más de cinco años en el país;

  2. Ser mayor de 18 años de edad;

  3. Saber leer y escribir;

  4. No haber sido condenado por crimen o simple delito;

  5. Estar vinculado a la Caja de Compensación respectiva como empleador afiliado o como trabajador de una entidad empleadora afiliada a la misma, y

  6. Los demás requisitos que establezcan los respectivos estatutos de la Caja de Compensación.

Los directores empleadores pueden ser éstos o sus representantes legales.

Sin perjuicio de lo anterior, cabe tener presente que conforme a lo dispuesto en el inciso tercero del artículo 57, de la Ley N° 16.395, no podrán ser designados ni elegidos directores, las personas que hubieren sido sancionadas de acuerdo con el número 3 del artículo 28 del D.L. N°3.538, de 1980 - referencia que debe entenderse efectuada al actual artículo 37 de dicho cuerpo normativo- o se les apliquen multas por infracciones reiteradas, por el período de cinco años contado desde la fecha en que surta efectos la resolución que aplique la respectiva medida disciplinaria.".

Referencias legales: Ley 16.395, artículo 57