Compendio de Normas que regulan a las Cajas de Compensación de Asignación Familiar
3.8.1 PAGOS EN EXCESO DE CRÉDITO SOCIAL
3 LIBRO III. RÉGIMEN DE CRÉDITO SOCIAL
3.8 TÍTULO VIII. PAGOS Y COBROS EN EXCESO GENERADOS EN EL TRANSCURSO DEL SERVICIO DE UN CRÉDITO SOCIAL
3.8.1 PAGOS EN EXCESO DE CRÉDITO SOCIAL
3.8.1 PAGOS EN EXCESO DE CRÉDITO SOCIAL
Durante el servicio de un crédito social, y por múltiples razones, se pueden generar pagos en exceso que corresponde devolver al acreedor, ya sea este trabajador o pensionado, en calidad de afiliado vigente o no, deudor directo o indirecto, entidad empleadora o entidad pagadora de pensión. Un pago en exceso corresponde al monto pagado que supera la obligación de uno o varios meses contraída con una C.C.A.F. en un momento determinado, el cual no corresponde a un pago anticipado de deuda o de cuotas, definidos en el número 3.1.14. del Título I, del Libro III del presente Compendio de la Ley N°18.833.