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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

Compendio de Normas que regulan a las Cajas de Compensación de Asignación Familiar


DS 91 de 1979 Mintrab, artículo 12

Artículo 12

Texto

     Artículo 12º.- Las prestaciones del régimen se
financiarán con cargo al Fondo Social de la correspondiente
Caja.

Partes del compendio donde se menciona DS 91 de 1979 Mintrab, artículo 12:

3.1.2 FINANCIAMIENTO DEL RÉGIMEN DE CRÉDITO SOCIAL

Ubicado en: 3 LIBRO III. RÉGIMEN DE CRÉDITO SOCIAL / 3.1 TÍTULO I. CRÉDITO SOCIAL / 3.1.2 FINANCIAMIENTO DEL RÉGIMEN DE CRÉDITO SOCIAL

Articulado: DS 91 de 1979 Mintrab, artículo 12 - Ley 18.833, artículo 26 - Ley 18.833, artículo 30 - Ley 18.833, artículo 51


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