Compendio de Normas que regulan a las Cajas de Compensación de Asignación Familiar
DFL 1 de 2000 Minjus, artículo 551 (del art. 2)
Texto
Art. 551. La dirección y administración de una asociación recaerá en un directorio de al menos tres miembros, cuyo mandato podrá extenderse hasta por cinco años. No podrán integrar el directorio personas que hayan sido condenadas a pena aflictiva. El director que durante el desempeño del cargo fuere condenado por crimen o simple delito, o incurriere en cualquier otro impedimento o causa de inhabilidad o incompatibilidad establecida por la ley o los estatutos, cesará en sus funciones, debiendo el directorio nombrar a un reemplazante que durará en sus funciones el tiempo que reste para completar el período del director reemplazado. El presidente del directorio lo será también de la asociación, la representará judicial y extrajudicialmente y tendrá las demás atribuciones que los estatutos señalen. El directorio sesionará con la mayoría absoluta de sus miembros y sus acuerdos se adoptarán por la mayoría absoluta de los asistentes, decidiendo en caso de empate el voto del que presida. El directorio rendirá cuenta ante la asamblea de la inversión de los fondos y de la marcha de la asociación durante el período en que ejerza sus funciones. Cualquiera de los asociados podrá pedir información acerca de las cuentas de la asociación, así como de sus actividades y programas.
Partes del compendio donde se menciona DFL 1 de 2000 Minjus, artículo 551 (del art. 2):
Ubicado en: 1 LIBRO I. DESCRIPCIÓN GENERAL / 1.1 TÍTULO I. CAJAS DE COMPENSACIÓN DE ASIGNACIÓN FAMILIAR / 1.1.1 DEFINICIÓN
Articulado: DFL 1 de 2000 Minjus, artículo 545 (del art. 2) - DFL 1 de 2000 Minjus, artículo 546 (del art. 2) - DFL 1 de 2000 Minjus, artículo 547 (del art. 2) - DFL 1 de 2000 Minjus, artículo 548-1 (del art. 2) - DFL 1 de 2000 Minjus, artículo 548-2 (del art. 2) - DFL 1 de 2000 Minjus, artículo 548-3 (del art. 2) - DFL 1 de 2000 Minjus, artículo 548-4 (del art. 2) - DFL 1 de 2000 Minjus, artículo 548 (del art. 2) - DFL 1 de 2000 Minjus, artículo 549 (del art. 2) - DFL 1 de 2000 Minjus, artículo 550 (del art. 2) - DFL 1 de 2000 Minjus, artículo 551-1 (del art. 2) - DFL 1 de 2000 Minjus, artículo 551-2 (del art 2) - DFL 1 de 2000 Minjus, artículo 551 (del art. 2) - DFL 1 de 2000 Minjus, artículo 552 (del art. 2) - DFL 1 de 2000 Minjus, artículo 553 (del art. 2) - DFL 1 de 2000 Minjus, artículo 554 (del art. 2) - DFL 1 de 2000 Minjus, artículo 555 (del art. 2) - DFL 1 de 2000 Minjus, artículo 556 (del art. 2) - DFL 1 de 2000 Minjus, artículo 557-1 (del art. 2) - DFL 1 de 2000 Minjus, artículo 557-2 (del art. 2) - DFL 1 de 2000 Minjus, artículo 557-3 (del art. 2) - DFL 1 de 2000 Minjus, artículo 557 (del art. 2) - DFL 1 de 2000 Minjus, artículo 558 (del art. 2) - DFL 1 de 2000 Minjus, artículo 559 (del art. 2) - DFL 1 de 2000 Minjus, artículo 560 (del art. 2) - DFL 1 de 2000 Minjus, artículo 561 (del art. 2) - DFL 1 de 2000 Minjus, artículo 562 (del art. 2) - DFL 1 de 2000 Minjus, artículo 563 (del art. 2) - DFL 1 de 2000 Minjus, artículo 564 (del art. 2) - Ley 18.833, artículo 1 - Ley 18.833, artículo 19