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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

Compendio de Normas que regulan a las Cajas de Compensación de Asignación Familiar


Ley 19.799, artículo 4

Artículo 4

Texto

     Artículo 4º.- Los documentos electrónicos que tengan
la calidad de instrumento público, deberán suscribirse
mediante firma electrónica avanzada. 

Partes del compendio donde se menciona Ley 19.799, artículo 4:

5.4.6.2 Firma electrónica avanzada

Ubicado en: 5 LIBRO V. ASPECTOS OPERACIONALES Y ADMINISTRATIVOS / 5.4 TÍTULO IV: COTIZACIONES PREVISIONALES / 5.4.6 COBRANZA JUDICIAL DE COTIZACIONES PREVISIONALES MEDIANTE FIRMA MECANIZADA O ELECTRÓNICA AVANZADA / 5.4.6.2 Firma electrónica avanzada

Articulado: Ley 17.322 - Ley 19.799 - Ley 19.799, artículo 3 - Ley 19.799, artículo 4 - Ley 19.799, artículo 5


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