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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

Compendio de Normas que regulan a las Cajas de Compensación de Asignación Familiar


Ley 19.281, artículo 6

Artículo 6

Texto

    Artículo 6°.- Para abrir la cuenta a que se refiere
este Título, no será necesario que los interesados hayan
suscrito el contrato de arrendamiento de la vivienda con
promesa de compraventa a que se refiere el Título III. 

Partes del compendio donde se menciona Ley 19.281, artículo 6:

4.6.1.4 De los contratos de ahorro

Ubicado en: 4 LIBRO IV. PRESTACIONES LEGALES Y DE BIENESTAR SOCIAL / 4.6 TÍTULO VI. LEASING HABITACIONAL / 4.6.1 PARTICIPACIÓN COMO INSTITUCIONES AUTORIZADAS PARA ABRIR Y MANTENER CUENTAS DE AHORRO PARA EL ARRENDAMIENTO DE VIVIENDAS CON PROMESA DE COMPRAVENTA. / 4.6.1.4 De los contratos de ahorro

Articulado: Ley 19.281, artículo 37 - Ley 19.281, artículo 4 - Ley 19.281, artículo 44 - Ley 19.281, artículo 6 - Ley 19.281, artículo 8 - Ley 19.281, artículo 9


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