Compendio de Normas del Seguro Social de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales
Ley 16.744, artículo 80
Texto
Artículo 80°.- Las infracciones a cualquiera de las disposiciones de esta ley, salvo que tengan señalada una sanción especial, serán penadas con una multa de uno a veinticuatro sueldos vitales mensuales, escala A) del departamento de Santiago. Estas multas serán aplicadas por los organismos administradores. La reincidencia será sancionada con el doble de la multa primeramente impuesta.
Partes del compendio donde se menciona Ley 16.744, artículo 80:
Plazos para el cumplimiento de resoluciones
Ubicado en: LIBRO IX. SISTEMAS DE INFORMACIÓN. INFORMES Y REPORTES / TÍTULO V. Informes y reportes / C. Plazos para el cumplimiento de resoluciones / 2. Plazos para el cumplimiento de resoluciones
Articulado: Ley 16.744, artículo 80
Ubicado en: LIBRO IV. PRESTACIONES PREVENTIVAS / TÍTULO I. Obligaciones de las entidades empleadoras / A. Obligaciones de prevención
Articulado: código del trabajo, artículo 154 bis - Código del trabajo, artículo 184 - Decreto 594 de 1999 Minsal - DS 67 de 1999 Mintrab - Ley 16.744, artículo 66 - Ley 16.744, artículo 67 - Ley 16.744, artículo 68 - Ley 16.744, artículo 80
Ubicado en: LIBRO III. DENUNCIA, CALIFICACIÓN Y EVALUACIÓN DE INCAPACIDADES PERMANENTES / TÍTULO I. Denuncias / B. Responsabilidades y sanciones
Articulado: Ley 16.744, artículo 80
Ubicado en: LIBRO IV. PRESTACIONES PREVENTIVAS / TÍTULO II. Responsabilidades y obligaciones de los organismos administradores y de los administradores delegados / F. Evaluación ambiental y de salud / CAPÍTULO V. Evaluación de riesgo psicosocial laboral / 3. Instrucciones a los organismos administradores y administradores delegados sobre el uso del cuestionario CEAL-SM / SUSESO
Articulado: DS 67 de 1999 Mintrab - Ley 16.744, artículo 68 - Ley 16.744, artículo 80
Ubicado en: LIBRO IV. PRESTACIONES PREVENTIVAS / TÍTULO II. Responsabilidades y obligaciones de los organismos administradores y de los administradores delegados / G. Prescripción de medidas de control / CAPÍTULO I. Normas generales / 4. Formato de prescripción
Articulado: DS 40 de 1969 Mintrab, artículo 2 - DS 67 de 1999 Mintrab, artículo 15 - DS 67 de 1999 Mintrab, artículo 5 - DS 67 de 2008 Mintrab, artículo 18 - Ley 16.744, artículo 68 - Ley 16.744, artículo 80
Ubicado en: LIBRO IV. PRESTACIONES PREVENTIVAS / TÍTULO II. Responsabilidades y obligaciones de los organismos administradores y de los administradores delegados / H. Reportes, investigación y prescripción de medidas en caso de accidentes del trabajo fatales y graves / CAPÍTULO V. Informes de verificación del cumplimiento de las medidas prescritas y acciones frente al incumplimiento
Articulado: DS 67 de 1999 Mintrab, artículo 15 - Ley 16.744, artículo 16 - Ley 16.744, artículo 68 - Ley 16.744, artículo 80
Ubicado en: LIBRO IV. PRESTACIONES PREVENTIVAS / TÍTULO II. Responsabilidades y obligaciones de los organismos administradores y de los administradores delegados / H. Reportes, investigación y prescripción de medidas en caso de accidentes del trabajo fatales y graves / CAPÍTULO VI. Instrucciones generales
Articulado: Ley 16.744, artículo 16 - Ley 16.744, artículo 68 - Ley 16.744, artículo 80
Estado de Resultados Consolidado por Función
Ubicado en: LIBRO VIII. ASPECTOS FINANCIERO CONTABLES / TÍTULO IV. Información Financiera / A. Estados Financieros de las Mutualidades / CAPÍTULO II. Estados Financieros / 2. Estado de Resultados Consolidado por Función
Articulado: DL 1819 - Ley 16.744, artículo 30 - Ley 16.744, artículo 35 - Ley 16.744, artículo 37 - Ley 16.744, artículo 38 - Ley 16.744, artículo 39 - Ley 16.744, artículo 40 - Ley 16.744, artículo 41 - Ley 16.744, artículo 43 - Ley 16.744, artículo 44 - Ley 16.744, artículo 45 - Ley 16.744, artículo 46 - Ley 16.744, artículo 47 - Ley 16.744, artículo 48 - Ley 16.744, artículo 49 - Ley 16.744, artículo 50 - Ley 16.744, artículo 80 - Ley 17.322 - ley 18.490
Estado de Resultados Consolidado por Función
Ubicado en: LIBRO VIII. ASPECTOS FINANCIERO CONTABLES / TÍTULO IV. Información Financiera / A. Estados Financieros de las Mutualidades / CAPÍTULO II. Estados Financieros / 2. Estado de Resultados Consolidado por Función
Articulado: DL 1819 - Ley 16.744, artículo 30 - Ley 16.744, artículo 35 - Ley 16.744, artículo 37 - Ley 16.744, artículo 38 - Ley 16.744, artículo 39 - Ley 16.744, artículo 40 - Ley 16.744, artículo 41 - Ley 16.744, artículo 43 - Ley 16.744, artículo 44 - Ley 16.744, artículo 45 - Ley 16.744, artículo 46 - Ley 16.744, artículo 47 - Ley 16.744, artículo 48 - Ley 16.744, artículo 49 - Ley 16.744, artículo 50 - Ley 16.744, artículo 80 - Ley 17.322 - ley 18.490