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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

Compendio de Normas del Seguro Social de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales


2. Pago de subsidio durante el período de evaluación

LIBRO VI. PRESTACIONES ECONÓMICAS

TÍTULO II. Prestación económica por incapacidad temporal. Subsidio por incapacidad laboral

O. Duración máxima del subsidio

2. Pago de subsidio durante el período de evaluación

Pago de subsidio durante el período de evaluación

Cuando un trabajador o trabajadora que se encuentra percibiendo subsidios por incapacidad laboral, es derivado a evaluación de una eventual incapacidad permanente, su organismo administrador deberá continuar pagando ese beneficio o una pensión de invalidez transitoria total - si durante esa evaluación entera las 104 semanas de goce de subsidios -, hasta que se constituya la indemnización global o la pensión de invalidez a que tenga derecho en virtud de su incapacidad presumiblemente permanente o hasta que se declare que ésta es inferior a un 15% (sin alcance médico legal).