Compendio de Normas del Seguro Social de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales
DFL 1 de 2006 Minsal, artículo 134
Texto
Artículo 134.- Establécese un Régimen de Prestaciones de Salud, denominado en adelante el Régimen, Ley N° 18.469 sujeto a las disposiciones de este Libro. Art. 4° Sus beneficiarios tendrán derecho a las acciones de salud previstas en este Libro en las condiciones que él establece.
Partes del compendio donde se menciona DFL 1 de 2006 Minsal, artículo 134:
Intercambio de información de vigilancia de ambiente y de salud entre organismos administradores
Ubicado en: LIBRO IV. PRESTACIONES PREVENTIVAS / TÍTULO II. Responsabilidades y obligaciones de los organismos administradores y de los administradores delegados / F. Evaluación ambiental y de salud / CAPÍTULO I. Aspectos generales / 4. Intercambio de información de vigilancia de ambiente y de salud entre organismos administradores
Articulado: DFL 1 de 2006 Minsal, artículo 134 - Ley 19.628, artículo 10