Compendio de Normas del Seguro Social de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales
DS 67 de 1999 Mintrab, artículo 8
Texto
Artículo 8º.- Las rebajas y exenciones de la cotización adicional procederán sólo respecto de las entidades empleadoras que hayan acreditado ante el Organismo Administrador, al 31 de octubre del año en que se realiza el Proceso de Evaluación, que cumplen los siguientes requisitos: a) Hallarse al día en el pago de las cotizaciones de la ley Nº16.744; b) Tener en funcionamiento, cuando proceda, el o los Comités Paritarios de Higiene y Seguridad, con arreglo a las disposiciones del D.S. Nº54, de 1969, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, para lo cual las entidades empleadoras deberán haber enviado los antecedentes requeridos en el artículo 10 de este decreto, y c) El cumplimiento, cuando procediere, de las disposiciones establecidas en los Títulos III, V y VI del decreto supremo Nº40, de 1969, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, mediante informe de la entidad empleadora respecto de las medidas adoptadas al efecto en los últimos dos Períodos Anuales considerados en el Proceso de Evaluación. Sin perjuicio de lo anterior, las entidades empleadoras que no puedan acceder a la rebaja o exención de la cotización adicional por no haber dado cumplimiento a lo requerido en el inciso anterior y que lo hagan con posterioridad pero antes del 1º de enero del año siguiente, tendrán derecho a que la tasa de cotización adicional determinada en el Proceso de Evaluación se les aplique a contar del 1º del tercer mes siguiente a aquel en que hayan acreditado el cumplimiento de todos los requisitos y hasta el 31 de diciembre del año siguiente.
Partes del compendio donde se menciona DS 67 de 1999 Mintrab, artículo 8:
Asistencia técnica en la implementación de sistemas de gestión de la seguridad y Salud en el Trabajo
Ubicado en: LIBRO IV. PRESTACIONES PREVENTIVAS / TÍTULO II. Responsabilidades y obligaciones de los organismos administradores y de los administradores delegados / D. Asistencia técnica / 2. Asistencia técnica en la implementación de sistemas de gestión de la seguridad y salud en el trabajo (SGSST)
Articulado: DS 67 de 1999 Mintrab, artículo 10 - DS 67 de 1999 Mintrab, artículo 8
Requisitos para acceder a exenciones y rebajas de la cotización adicional. Difusión
Ubicado en: LIBRO II. AFILIACIÓN Y COTIZACIONES / TÍTULO II. Cotizaciones / B. Cotización adicional diferenciada / CAPÍTULO III. Proceso de evaluación / 8. Requisitos para acceder a exenciones y rebajas de la cotización adicional. Difusión
Articulado: DS 40 de 1969 Mintrab - DS 67 de 1999 Mintrab, artículo 8