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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

Compendio de Normas del Seguro Social de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales


3. Financiamiento

LIBRO IV. PRESTACIONES PREVENTIVAS

TÍTULO III. Estudios de investigación e innovación

A. Aspectos generales

3. Financiamiento

Financiamiento

Los montos que los organismos administradores del seguro social de accidentes del trabajo y enfermedades profesionales, en adelante organismos administradores (mutualidades e ISL), deberán destinar al financiamiento de los proyectos de investigación e innovación, incluida la evaluación externa, el seminario nacional y el premio Tesis, serán los que se establezcan en el decreto supremo anual que dicta el Ministerio del Trabajo y Previsión Social fijando los recursos que dichos organismos deben destinar a las actividades de prevención de riesgos.

Con estos recursos se financiará la evaluación de los proyectos, su ejecución, seguimiento y difusión de resultados.

Los montos que se asignen a cada proyecto incluyen todo tipo de costos, gastos o ítems asociado, incluidos los impuestos a que puedan estar afectos.

Cabe señalar que, los montos máximos para proyectos de investigación e innovación se expresan en Unidades Tributarias Mensuales (UTM), los que se calcularán según su valor al mes de cierre de las postulaciones de la convocatoria.