Compendio de Normas del Seguro Social de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales
CAPÍTULO I. Normas para la preparación de los reportes financieros
LIBRO VIII. ASPECTOS FINANCIERO CONTABLES
TÍTULO IV. Información Financiera
C. Reportes Financieros del Instituto de Seguridad Laboral
CAPÍTULO I. Normas para la preparación de los reportes financieros
CAPÍTULO I. Normas para la presentación de los Reportes Financieros
CAPÍTULO I. Normas para la preparación de los reportes financieros
1. Presentación y plazos
Presentación y plazos
- Reportes de Situación Financiera Trimestral:
El Instituto de Seguridad Laboral deberá remitir trimestralmente a la Superintendencia de Seguridad Social: i) un Reporte de Estado de Situación Financiera Clasificado y ii) un Reporte de Estado Resultados por Función, referidos al 31 de marzo, 30 de junio y 30 de septiembre de cada año, los cuales deberán enviar dentro del plazo de 45 días contados desde la fecha de cierre del respectivo trimestre calendario. - Reporte de Situación Financiera Anual:
El Instituto de Seguridad Laboral deberá remitir anualmente a la Superintendencia de Seguridad Social: i) un Reporte de Estado de Situación Financiera Clasificado; ii) un Reporte de Estado Resultados por Función y iii) el respectivo Reporte de Notas Explicativas, referidos al 31 de diciembre de cada año, los que deberán ser enviados a más tardar el 28 o 29 de febrero del año siguiente.
2. Mecanismo de envío
LIBRO VIII,TÍTULO IV.,Letra C.,CAPÍTULO I.2. Mecanismo de envío
Los Reportes de Situación Financiera deberán ser enviados en formato XML a través del sistema de Gestión de Reportes e Información para la Supervisión (GRIS), de acuerdo a lo señalado en la Letra B, del Titulo II, Libro IX. Asimismo, la información deberá ser remitida al correo electrónico "reportes_financieros_isl@suseso.cl".
3. Instrucciones generales
LIBRO VIII,TÍTULO IV.,Letra C.,CAPÍTULO I.3. Instrucciones generales
Las cifras de los reportes financieros se expresarán en miles de pesos, sin decimales, y en caso que sean negativas se informarán con signo menos (-). Asimismo, no deberán agregarse ni eliminarse rubros a los reportes financieros.
El Reporte de Estado de Situación Financiera Clasificado, el Reporte de Estado Resultados por Función y el respectivo Reporte de Notas Explicativas, deberán presentarse en forma comparativa entre el ejercicio actual y el 31 de diciembre del año anterior.
Las normas de presentación de los reportes financieros son necesariamente de carácter general, y de no existir claridad respecto de las situaciones específicas, éstas deberán consultarse oportunamente a la Superintendencia de Seguridad Social para efectos de su elaboración.