Compendio de Normas del Seguro Social de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales
9. Registro de sanciones
LIBRO VII. ASPECTOS OPERACIONALES Y ADMINISTRATIVOS
TÍTULO III. Difusión y transparencia
B. Información en sitios web
CAPÍTULO I. Contenido de publicación en sitio web
9. Registro de sanciones
Registro de sanciones
Se deben informar las sanciones que la mutualidad haya recibido en su calidad de organismo administrador de la Ley Nº16.744, entre las que se deben incluir, por ejemplo, las cursadas por la Superintendencia de Seguridad Social, el Ministerio de Salud, u otros organismos que tengan potestades en este ámbito. Deberán estar ordenadas cronológicamente e indicando cada elemento del Anexo N°14 "Registro de Sanciones".