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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

Compendio de Normas del Seguro Social de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales


11. Auditoría interna

LIBRO VII. ASPECTOS OPERACIONALES Y ADMINISTRATIVOS

TÍTULO II. Gestión Interna de los organismos administradores

B. Sistema de control interno

11. Auditoría interna

Auditoría interna

La mutualidad deberá poseer una unidad de auditoría interna de naturaleza y alcance apropiado para sus operaciones. Esto incluye asegurar el cumplimiento de todas las políticas y procedimientos aplicables, así como revisar si sus políticas, prácticas y controles siguen siendo suficientes y apropiados. Los resultados obtenidos por la unidad de auditoría interna deben ser reportados directamente al directorio.

La constitución de la unidad de auditoría interna es de responsabilidad del directorio y su dependencia, evaluación de desempeño, nombramiento de profesional responsable, remuneración, entre otros, deben ser temas privativos del directorio.

La unidad de auditoría interna debe establecer su plan anual de auditoría y ejecutarlo en forma objetiva e independiente de las funciones operacionales. Para asegurar su independencia, la unidad de auditoría interna no debe realizar otras funciones operativas en la mutualidad o con entidades que prestan servicios a ésta, evitándose, de este modo, conflictos de interés.

El directorio deberá asegurar que la unidad de auditoría interna posea:

  1. Acceso irrestricto a todos los departamentos o áreas principales, funcionales y de apoyo de la mutualidad, incluyendo a las funciones contratadas con proveedores externos.

  2. Independencia apropiada, incluyendo las líneas de reporte hacia el directorio.

  3. Un nivel tal, dentro de la mutualidad, que garantice que la alta gerencia reaccione y actúe en base a sus recomendaciones.

  4. Recursos y personal suficiente y apropiadamente capacitado, con la experiencia necesaria para entender y evaluar el negocio que están auditando.

  5. Una metodología que identifique los principales riesgos incurridos por la institución para asignar sus recursos de conformidad con ello.

Por último, la mutualidad debe poner los informes de auditoría interna a disposición de la Superintendencia de Seguridad Social cuando esta última así lo requiera.