Compendio de Normas del Seguro Social de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales
CAPÍTULO III. Prevención de los delitos de lavado de activos, financiamiento del terrorismo y delitos de cohecho
LIBRO VII. ASPECTOS OPERACIONALES Y ADMINISTRATIVOS
TÍTULO I. Gobierno corporativo
F. Conflictos de intereses y código de ética, conducta y buenas prácticas
CAPÍTULO III. Prevención de los delitos de lavado de activos, financiamiento del terrorismo y delitos de cohecho
Prevención de los delitos de lavado de activos, financiamiento del terrorismo y delitos de cohecho
La mutualidad deberá adoptar las medidas necesarias para dar cumplimiento a lo establecido mediante la Ley N°20.393, la cual regula la prevención de los delitos de lavado de activos, financiamiento del terrorismo y delitos de cohecho.
1 notas
fue reemplazado(a) por la Circular 3389 del 25 de octubre de 2018.CAPÍTULO III. Prevención de los delitos de lavado de activos, financiamiento del terrorismo y delitos de cohechoNota personalizada, Actualización 10 Circular 3389 - Libro VII, Título I, Letra F, Capítulo III, 25.10.2018Modificación vigente a partir de la misma fecha.