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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

Compendio de Normas del Seguro Social de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales


1. Convenio entre la empresa administradora del sitio web y la entidad recaudadora

LIBRO II. AFILIACIÓN Y COTIZACIONES

TÍTULO II. Cotizaciones

H. Recaudación de cotizaciones previsionales por Internet

CAPÍTULO VIII. Convenios de prestación de servicios

1. Convenio entre la empresa administradora del sitio web y la entidad recaudadora

Convenio entre la empresa administradora del sitio web y la entidad recaudadora

El convenio de prestación de servicios para la recaudación electrónica de cotizaciones previsionales, entre la empresa administradora del sitio web y la entidad recaudadora, deberá contener, a lo menos, las siguientes estipulaciones:

  1. La obligación por parte de la empresa administradora del sitio web de no manipular ni respaldar para su uso la información enviada por los empleadores o trabajadores independientes en las respectivas declaraciones;

  2. La obligación de no discriminar en forma alguna entre empleadores y trabajadores independientes para la recaudación de las cotizaciones previsionales;

  3. La obligación de la entidad recaudadora de asumir exclusivamente el costo del servicio, no pudiendo significar gasto alguno para los empleadores o trabajadores independientes;

  4. Mecanismos de solución de divergencias, incluyendo disposiciones de conciliación y arbitraje, y

  5. La obligación de dar estricto cumplimiento a las instrucciones contenidas en la presente letra H.