Compendio de Normas del Seguro Social de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales
1. Creación de una nueva entidad empleadora, que nace de la fusión de 2 o más entidades empleadoras y que obtiene un nuevo RUT
LIBRO II. AFILIACIÓN Y COTIZACIONES
TÍTULO I. Afiliación y cambio de organismo administrador
D. Fusión de entidades empleadoras
1. Creación de una nueva entidad empleadora, que nace de la fusión de 2 o más entidades empleadoras y que obtiene un nuevo RUT
Creación de una nueva entidad empleadora, que nace de la fusión de 2 o más entidades empleadoras y que obtiene un nuevo RUT.
Cuando la fusión dé origen a la creación de una nueva entidad empleadora que obtiene un nuevo RUT, ésta deberá seguir el procedimiento de adhesión a cualquier mutualidad o, en su defecto, cotizar en el Instituto de Seguridad Laboral. Las mutualidades deberán seguir el procedimiento de exclusión respecto de las entidades empleadoras que producto de esa fusión sean disueltas.