Compendio de Normas del Seguro Social de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales
3. Protocolos de derivación a interconsultas
LIBRO V. PRESTACIONES MÉDICAS
TÍTULO III. Derivación e interconsultas
B. Interconsultas
3. Protocolos de derivación a interconsultas
Protocolos de derivación a interconsultas
El organismo administrador y el administrador delegado, según corresponda, deberán contar con un protocolo para la derivación de pacientes en interconsulta a otro centro asistencial, que garantice el otorgamiento oportuno de las prestaciones adecuadas a su condición clínica y el cumplimiento de los objetivos de la interconsulta.
Dicho protocolo deberá considerar siempre la situación médica del afectado y designar a los responsables de cada una de las actividades a desarrollar.
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Esta(e) Número fue modificado(a) por la Circular 3501 del 17 de marzo de 2020.3. Protocolos de derivación a interconsultasNota personalizada, Actualización 37, Circular 3501, Libro V, Título I, Letra B, número 2, 17.03.2020Modificación vigente a partir del 1° de enero de 2021.