Compendio de Normas del Seguro Social de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales
1. Definición
LIBRO V. PRESTACIONES MÉDICAS
TÍTULO III. Derivación e interconsultas
A. Derivación
1. Definición
Definición
Se entiende como el envío de un paciente desde un centro asistencial a otro, para continuar su estudio y/o tratamiento en el segundo establecimiento.
La derivación podrá realizarse entre los centros de atención propios de un organismo administrador o de un administrador delegado, según sea el caso o desde éstos a un prestador externo.
1 notas
Esta(e) Número fue modificado(a) por la Circular 3501 del 17 de marzo de 2020.1. DefiniciónNota personalizada, Actualización 37, Circular 3501, Libro V, Título I, Letra B, número 2, 17.03.2020Modificación vigente a partir del 1° de enero de 2021.