Compendio de Normas del Seguro Social de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales
1. Definición
LIBRO V. PRESTACIONES MÉDICAS
TÍTULO II. Atenciones médicas
A. Atención en servicios de urgencia
1. Definición
Definición
De acuerdo a lo dispuesto en el D.S. N°369, de 1985, del Ministerio de Salud, atención de urgencia o emergencia es toda prestación o conjunto de prestaciones que son otorgadas, en atención cerrada o ambulatoria, a una persona cuya condición de salud o cuadro clínico involucre estado de riesgo vital o riesgo de secuela funcional grave y que, por consiguiente, requiere atención médica inmediata e impostergable.