Compendio de Normas del Seguro Social de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales
6. Incorporación a programa de vigilancia
LIBRO III. DENUNCIA, CALIFICACIÓN Y EVALUACIÓN DE INCAPACIDADES PERMANENTES
TÍTULO III. Calificación de enfermedades profesionales
D. Protocolo de patologías dermatológicas
CAPÍTULO II. Normas especiales del proceso de calificación
6. Incorporación a programa de vigilancia
Incorporación a programa de vigilancia
Todo trabajador diagnosticado con una enfermedad dermatológica de origen profesional, deberá ser considerado un "caso centinela", lo que obliga al organismo administrador o empresa con administración delegada a revisar las evaluaciones del ambiente de trabajo sobre los factores de riesgo específicos de la enfermedad profesional calificada en el grupo de exposición similar correspondiente a dicho trabajador.
Si no existiese una evaluación de riesgos previa a la calificación, el organismo administrador o empresa con administración delegada deberá cumplir con lo establecido en el N°9, Capítulo IV, Letra A, de este Título.