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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

Compendio de Normas del Seguro Social de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales


CAPÍTULO III. Formularios

LIBRO III. DENUNCIA, CALIFICACIÓN Y EVALUACIÓN DE INCAPACIDADES PERMANENTES

TÍTULO I. Denuncias

A. Denuncia de Accidente de Trabajo y de Enfermedad Profesional

CAPÍTULO III. Formularios

Formularios

Los organismos administradores, en todos sus centros de atención de público y en aquellos centros de atención de salud con los que mantengan convenio, deberán tener a disposición formularios de Denuncia Individual de Accidentes del Trabajo (DIAT) y de Denuncia Individual de Enfermedades Profesionales (DIEP) y todos los elementos que permitan completarlos. Además, deberán entregar copias de las respectivas DIAT o DIEP al denunciante.

Los administradores delegados deberán igualmente tener a disposición de sus trabajadores los formularios de DIAT y DIEP en sus centros de atención de salud o en aquellos con los que tenga convenio.

Los formatos de los formularios DIAT y DIEP corresponden a los contenidos en el Anexo N°2 "Denuncia individual de accidente del trabajo y Denuncia individual de enfermedad profesional", de la Letra G, del Título I, del Libro IX. Sistemas de información. Informes y Reportes.