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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

Compendio de Normas del Seguro Social de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales


8. Información de respaldo

LIBRO II. AFILIACIÓN Y COTIZACIONES

TÍTULO II. Cotizaciones

M. Cotizaciones pagadas en exceso o erróneamente

CAPÍTULO II. Procedimientos de devolución de las cotizaciones pagadas en exceso o enteradas erróneamente por parte de las entidades empleadoras y los trabajadores independientes voluntarios

8. Información de respaldo

Información de respaldo

Los organismos administradores de la Ley N°16.744 deberán mantener respaldos de cada gestión efectuada en cumplimiento de las instrucciones contenidas en este Capítulo.

Asimismo, están obligados a mantener disponibles, en caso de una fiscalización por la Superintendencia de Seguridad Social, a lo menos los siguientes antecedentes:

  1. Formularios de solicitud de devolución;

  2. Resoluciones que se pronuncian sobre las solicitudes de devolución;

  3. Respaldos de las transferencias en dinero realizadas a cuentas de las entidades empleadoras o de los trabajadores independientes;

  4. Registros de los cheques y vales vistas girados en cumplimiento de estas instrucciones;

  5. Registros de los cheques y vales vistas pendientes de cobro y de aquéllos que hayan caducado

  6. Registros de las cantidades que se ha determinado que deben ser devueltas y de aquéllas que han sido efectivamente cobradas por las entidades empleadoras y los trabajadores independientes, y

  7. Registros de las cotizaciones detectadas, informadas, reclamadas y traspasadas en conformidad indicado en el número 3 de este Capítulo II.

Además, la contabilidad de los organismos administradores de la Ley N°16.744 deberá mantenerse actualizada, de manera que registre los montos reembolsados o que corresponda reembolsar por concepto de cotizaciones pagadas en exceso o enteradas erróneamente.

A su vez, se deberá contar con un registro de cotizaciones pagadas en exceso o enteradas erróneamente.