DS 54 de 1969 Mintrab, artículo 28
Texto
Artículo 28°.- Corresponderá a la Dirección del Trabajo el control del cumplimiento de las normas contenidas en este reglamento para constitución y funcionamiento de los Comités Paritarios de Higiene y Seguridad en las empresas, faenas, sucursales o agencias, sin perjuicio de las atribuciones que competen a la Superintendencia de Seguridad Social y a los Organismos del Sector Salud.
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Fecha publicación | Título | Temas | Descriptores | Legislación citada |
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11/07/2006 | Dictamen 33512-2006 | Seguro laboral (Ley 16.744) | DS 54 de 1969 Mintrab, artículo 21DS 54 de 1969 Mintrab, artículo 28Ley 16.744 |