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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

Ley 20.935, artículo 1

Texto


     "Artículo 1°.- Elévase, a contar del 1 de julio de 2016, de $250.000 a $257.500 el monto del ingreso mínimo mensual para los trabajadores mayores de 18 años de edad y hasta de 65 años de edad. A partir del 1 de enero de 2017, dicho monto será de $264.000.

     El monto del ingreso mínimo mensual a que se refiere el inciso anterior será, a contar del 1 de julio de 2017 de $270.000, y a contar del 1 de enero de 2018 tendrá un valor de $276.000.

     Elévase, a contar del 1 de julio de 2016, de $186.631 a $192.230 el monto del ingreso mínimo mensual para los trabajadores mayores de 65 años de edad y para los trabajadores menores de 18 años de edad. Este ingreso mínimo ascenderá a $197.082, a contar del 1 de enero de 2017.

     El monto del ingreso mínimo mensual a que se refiere el inciso anterior será, a contar del 1 de julio de 2017, de $201.561, y a contar del 1 de enero de 2018 tendrá un valor de $206.041.

     Elévase, a contar del 1 de julio de 2016, el monto del ingreso mínimo mensual que se emplea para fines no remuneracionales, de $161.265 a $166.103. Este ingreso mínimo ascenderá a $170.296 a contar del 1 de enero de 2017.

     El monto del ingreso mínimo mensual a que se refiere el inciso anterior será, a contar del 1 de julio de 2017, de $174.166, y a contar del 1 de enero de 2018 tendrá un valor de $178.037.

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Fecha publicaciónTítuloTemasDescriptoresLegislación citada
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