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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

Circular 3571

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Fecha: 15 de enero de 2021

Materia: COTIZACIÓN ADICIONAL DIFERENCIADA EN FUNCIÓN DE LA ACTIVIDAD ECONÓMICA Y RIESGO DE LA ENTIDAD EMPLEADORA O TRABAJADOR INDEPENDIENTE, REGULADA POR EL D.S. N° 110, DE 1968, DEL MINISTERIO DEL TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL MODIFICA EL COMPENDIO DE NORMAS DEL SEGURO SOCIAL DE ACCIDENTES DEL TRABAJO Y ENFERMEDADES PROFESIONALES DE LA LEY N°16.744

Tema: LEY N° 16.744

Destinatario: Organismos administradores del Seguro de la Ley N°16.744

Observación: Modificada parcialmente pr Circular 3595. Vigencia: 1 de junio de 2021. Cuenta con periodo transitorio

Acción: Instruye

Vigencia: Alterado

Fuentes: Artículos 2°, 3°, 30 y 38 letra d) de la Ley N°16.395; Artículo 12 de la Ley N°16.744; D.S. N°67, de 1999, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; Resolución Exenta SII N° 56, de 9 de julio de 2018, del Servicio de Impuestos Internos

Departamento(s): INTENDENCIA DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO - REGULACIÓN

Concordancia con Circulares: Circular 3595; Compendio de Normas del Seguro Social de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Ley N°16.744

Fecha de publicaciónTítuloTemasResumenFuentes
01/06/2021Circular 3595VariosCOTIZACIÓN ADICIONAL DIFERENCIADA EN FUNCIÓN DE LA ACTIVIDAD ECONÓMICA Y RIESGO DE LA ENTIDAD EMPLEADORA O TRABAJADOR INDEPENDIENTE, REGULADA POR EL D.S. N° 110, DE 1968, DEL MINISTERIO DEL TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL. MODIFICA LA CIRCULAR N° 3571, DE 2021, DE LA SUPERINTENDENCIA DE SEGURIDAD SOCIALArtículos 2°, 3°, 30 y 38 letra d) de la Ley N° 16.395; artículo 12 de la Ley N° 16.744; D.S. N° 110, de 1968,del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, D.S. N° 187, de 2014, del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo;Resolución Exenta SII N° 56, de 9 de julio de 2018,del Servicio de Impuestos Internos
Fecha publicaciónTítuloTemasDescriptoresFuentes
23/02/2021Dictamen 674-2021Seguro laboral (Ley 16.744)Cotización adicional diferenciada - Ley N° 16.744Artículo 18 del DS 67 de 1999 Ministerio del Trabajo y Previsión Social; Artículo 15 y 16 de la Ley 16.744 ; Artículo 30 de la Ley 16.395
TítuloDetalle
Artículo 2Ley 16.395, artículo 2
Artículo 3Ley 16.395, artículo 3
Artículo 30Ley 16.395, artículo 30
Artículo 38Ley 16.395, artículo 38
Decreto 67 de 2000 del Ministerio del TrabajoDS 67 de 1999 Mintrab
Artículo 12Ley 16.744, artículo 12