Dictamen 1219-2020
1. De acuerdo a lo establecido en los artículos 1° y 23 de la Ley 18.833, las C.C.A.F. son entidades de previsión social, cuyo objeto es la administración de prestaciones de seguridad social. Para lo anterior, las Cajas administran varios regímenes, entre ellos, el de Prestaciones Adicionales, consistente en prestaciones en dinero, en especies y en servicios para los trabajadores afiliados y sus familias.
En el marco de estas prestaciones adicionales en servicios que otorgan las Cajas de Compensación de Asignación Familiar se encuentran diversos centros recreacionales y vacacionales que se destinan para el uso de los afiliados y sus cargas familiares. Estos centros cuentan con la infraestructura necesaria para alojar personas durante períodos transitorios de tiempo.
2. Por su parte, es menester señalar que por D.S. 104 de 2020, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, referido en fuentes, se decretó estado de excepción constitucional de catástrofe por calamidad pública.
3. Habida cuenta de las facultades conferidas por medio de los artículos 2°, 3° y 23 de la Ley Nº16.395, citada en fuentes, atendido el objeto y funciones de carácter social que tienen las C.C.A.F y considerando la situación de emergencia sanitaria por la que atraviesa el país a causa del COVID-19, esta Superintendencia insta a las Cajas de Compensación de Asignación Familiar, en materia del Régimen de Prestaciones Adicionales, poner a disposición de la Autoridad Sanitaria su infraestructura recreacional y centros vacacionales para atender la emergencia de COVID 19, previo acuerdo de su Directorio, lo que deberá ser informado a esta Superintendencia.
Fecha publicación | Título | Temas | Descriptores | Fuentes |
---|---|---|---|---|
29/11/2021 | Dictamen 4442-2021 | Créditos sociales | CCAF - Crédito Social | Leyes N°s.16.395 y 18.833. D.S. N° 4, de 5 de enero de 2020, del Ministerio de Salud |
24/08/2021 | Dictamen 3141-2021 | Créditos sociales | Crédito Social - CCAF - Prestaciones adicionales | Leyes N°s.16.395 y 18.833. D.S. 94 de 1978, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social. |
31/03/2021 | Dictamen 1163-2021 | Créditos sociales - Prestaciones adicionales | CCAF - Crédito Social - Prestaciones adicionales | Leyes N°s.16.395 y 18.833. D.S. 94 de 1978, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social. |
01/03/2021 | Dictamen 736-2021 | Créditos sociales | Crédito Social - CCAF | Leyes N°s.16.395 y 18.833. |
26/02/2021 | Dictamen 707-2021 | Prestaciones adicionales | CCAF - Prestaciones adicionales | Leyes N°s.16.395 y 18.833. |
10/02/2021 | Dictamen 550-2021 | Cajas de Compensación | CCAF | Leyes N°s. 16.395 y 18.833. Decreto N°1, de 7 de enero de 2021, de la Subsecretaría de Salud Pública, por el cual se prorroga la vigencia del Decreto N°4 de 2020, del Ministerio de Salud. |
13/07/2020 | Dictamen 2228-2020 | Cajas de Compensación | CCAF - Crédito Social | Leyes N°s.16.395 y 18.833. D.S. N°4, de 5 de enero de 2020, del Ministerio de Salud. D.S. N°104, de 18 de marzo de 2020, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, prorrogado por el D.S. N°269, de 12 de junio de 2020, del citado Ministerio. |
01/07/2020 | Dictamen 2118-2020 | Cajas de Compensación | Crédito Social - CCAF | Leyes N°s. 16.395, 18.833, 21.227 y 21.232. |
21/04/2020 | Dictamen 1451-2020 | Cajas de Compensación | Crédito Social - CCAF | Ley Nº. 16.395; Ley Nº y 18.833. D.S. N°4, de 5 de enero de 2020, del Ministerio de Salud. D.S. N°104, de 18 de marzo de 2020, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública |
16/04/2020 | Dictamen 1401-2020 | Créditos sociales | CCAF - Crédito Social | D.S. Nº 4, de 2020, del MINSAL; D.S. 104, de 2020, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública; Resolución Nº 210, de 2020, del MINSAL; Artículos 1,2,3,5,7,11, de la Ley Nº 21.227; Artículos 15, 25, de la Ley Nº 19.728; Artículos 13, 22 de la Ley Nª 18.833; Artículo 58 del Código del Trabajo |
03/04/2020 | Dictamen 1270-2020 | Cajas de Compensación | CCAF - Prestaciones adicionales | Ley Nº 16.395; Ley Nº 18.833 |
25/03/2020 | Dictamen 1210-2020 | Créditos sociales | CCAF - Crédito social | Leyes N°s.16.395 y 18.833. D.S. N° 4, de 5 de enero de 2020, del Ministerio de Salud |
Título | Detalle |
---|---|
Ley 18.833 | Ley 18.833 |
Ley 16.395 | Ley 16.395 |
Artículo 2 | Ley 16.395, artículo 2 |
Artículo 1 | Ley 18.833, artículo 1 |
Artículo 3 | Ley 16.395, artículo 3 |
Artículo 23 | Ley 16.395, artículo 23 |
Artículo 23 | Ley 18.833, artículo 23 |
Tipo de dictamen
OficioDescriptores
Legislación citada
Ley 16.395Ley 16.395, artículo 2Ley 16.395, artículo 23Ley 16.395, artículo 3Ley 18.833Ley 18.833, artículo 1Ley 18.833, artículo 23