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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

Dictamen 60222-2006

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Fecha: 17 de noviembre de 2006

Tema: LICENCIAS MÉDICAS

Destinatario: ISAPRE

Fuentes: D.S. N° 3, de 1984, del Ministerio de Salud


1.- Esa ISAPRE recurrió a esta Superintendencia, reclamando en contra de la COMPIN de la VI Región, que acogió un reclamo de doña y ordenó a esa Entidad autorizar la licencia médica N° 1-12349098, otorgada con el diagnóstico de reconstrucción de ligamento cruzado-operación, por cuanto la apelación habría sido presentada fuera de plazo.

2.- Requerida al efecto, la COMPIN de que se trata informó que la interesada ingresó la apelación ante ese Organismo el 26 de octubre de 2005, habiendo acreditado que recibió la notificación del rechazo de la licencia el 11 de ese mismo mes, es decir, la apelación se efectuó dentro del plazo, por lo que se y en definitiva se acogió el reclamo y ordenó autorizar la licencia médica N° 1-12349098, correspondiente a un reposo post- operatorio.

3.- Sobre el particular, esta Superintendencia cumple en manifestar que, de conformidad a lo dispuesto en el inciso tercero del artículo 37 de la Ley N° 18.933, cuando una ISAPRE rechaza o modifica una licencia médica, el cotizante podrá recurrir ante la Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez que corresponda al domicilio señalado en el contrato de salud.

A su vez, el artículo 40 del D.S. Nº 3, de 1984, del Ministerio de Salud, dispone que el plazo para interponer el reclamo en contra de la resolución de una ISAPRE por el rechazo o modificación de una licencia médica es de 15 días hábiles contados desde la recepción del pronunciamiento de la Institución de Salud Previsional.

En la especie, la notificación se habría efectuado el 11 de octubre de 2005, por lo que el 26 de dicho mes, fecha de ingreso de la apelación, la recurrente estaba dentro del plazo de que disponía para apelar.

En consecuencia, se rechaza la reclamación de esa ISAPRE y se confirma lo resuelto por la COMPIN de la V I Región

TítuloDetalle
Artículo 37ley 18.933, artículo 37