Destinatario: SERVICIO DE SALUD METROPOLITANO SUR ORIENTE
Fuentes: D.S. N° 3, de 1984, del Ministerio de Salud; Ley N° 16395
Ha recurrido a esta Superintendencia una trabajadora reclamando por cuanto esa Comisión rechazó sus licencias médicas Nºs 2210130, por 7 días, a contar del 6 de octubre del 2001, y la N° 2232473, por 7 días a contar del 3 de noviembre del 2001 , ambas por enfermedad de hijo menor de un año, con diagnóstico de "Reflujo Gastroesofágico"
Requerida al efecto, esa COMPIN informó que rechazó las licencias en cuestión, porque no estimó justificado el reposo prescrito en las mismas. Además, remitió todos los antecedentes del caso.
Esta Superintendencia estudió los referidos antecedentes, y con su mérito consideró justificado el reposo prescrito por los siguientes motivos: Segun el informe complementario otorgado por el médico tratante, el lactante en cuestion presenta episodios recidivantes de infecciones bronquiales, que tienen relación con la patología de base y que justifican la necesidad de la presencia de su madre en el tratamiento.
En virtud de lo dispuesto en el D.S. N° 3, de 1984, del Ministerio de Salud y en ejercicio de sus facultades previstas en la Ley N° 16.395, esta Superintendencia acoge la reclamación deducida e instruye a esa COMPIN para que modifique las resoluciones reclamadas y autorice las licencias médicas individualizadas en este Oficio