Dictamen 5250-1989
Ud. se ha dirigido a esta Superintendencia solicitando que imparta instrucciones a las entidades pagadoras de subsidios por riesgos profesionales acerca del procedimiento para el entero de las cotizaciones de salud que corresponden a afiliados a ISAPRE cuando están en goce de subsidio por un siniestro de origen profesional, conforme lo establecido recientemente por la Ley Nº 18.768 en relación a la imponibilidad de los subsidios.
Sobre el particular, esta Superintendencia manifiesta, en primer término, que mediante Circular Nº 1112, impartió instrucciones a las entidades pagadoras de subsidios de la Ley Nº 16.744 acerca de las modificaciones introducidas a dicho beneficio por la Ley Nº 18.768. Al respecto y dada la imponibilidad de los subsidios que dicha ley ha establecido, se ha instruido específicamente acerca de la cotización que corresponde efectuar durante dichos períodos y la oportunidad en que deben integrarse las respectivas cotizaciones.
En la práctica, el entero de las cotizaciones de los trabajadores subsidiados se efectúa en las planillas normales de recaudación de imposicions que proporcionan el Instituto de Normalización Previsional y las diferentes ISAPRES, la que se ha considerado apta para tales efectos y útil para su fiscalización del cumplimiento de la obligación que pesa sobre los entes pagadores de subsidios de la Ley Nº 16.744 de efectuar oportunamente las cotizaciones correspondiente
Fecha de publicación | Título | Temas | Resumen | Fuentes |
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10/03/2006 | Circular 2283 | Seguro laboral (Ley 16.744) | D.S. N° 101 Y D.S. N° 109, AMBOS DE 1968, DEL MINISTERIO DE TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL. MODIFICACIONES INTRODUCIDAS POR EL D.S. N° 73, DE 2005, DEL MISMO MINISTERIO. IMPARTE INSTRUCCIONES PARA LA APLICACIÓN DE DICHAS NORMAS. | Ley N° 16744; Ley N° 19578 ;Ley N° 19937; Ley N° 19969; D.S. N° 67, de 1999, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; D.S. N° 73, de 2005, del Ministerio de Trabajo y Previsión Social; D.S.N° 101, de 1968, del Ministerio de Trabajo y Previsión Social; D.S.N° 109, de 1968, del Ministerio de Trabajo y Previsión Social; D.L. N° 2763, de 1979, del Ministerio de Salud Pública;D.L. N° 3500, de 1980, del Ministerio de Trabajo y Previsión Social. |
01/06/2001 | Circular 1906 | Seguro laboral (Ley 16.744) | Imparte instrucciones a las Mutualidades de Empleadores sobre Oportuno Integro de Cotizaciones Previsionales por Periodos de Incapacidad Laboral de origen Profesional. Complementa Circular N° 1112, de 1989. | Ley N° 16744; Ley N° 17322; D.F.L. N° 44, de 1978, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; D.L. N° 3500, de 1980, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social. |
26/11/1993 | Circular 1314 | Subsidio Incapacidad Laboral (SIL) | MODIFICA INSTRUCCIONES IMPARTIDAS EN EL PUNTO 2 . 1 DE LA CIRCULAR N° 1111, Y EN EL PUNTO 3.- DE LA CIRCULAR N° 1112, AMBAS DE 25 DE ENERO DE 1989, RESPECTO DE LA COTIZACIÓN PARA SALUD QUE CORRESPONDE EFECTUAR DURANTE LOS PERIODOS DE INCAPACIDAD LABORAL. | D.F.L. N° 44, de 1978, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; D.L. N° 3500, de 1980, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; Ley N° 18186; Ley N° 18768 |
28/03/1989 | Circular 1122 | Seguro laboral (Ley 16.744) | SUBSIDIOS POR ACCIDENTES DEL TRABAJO Y ENFERMEDADES PROFESIONALES. REMITE A LOS ADMINISTRADORES DELEGADOS DE LA LEY N° 16.744 CIRCULAR SOBRE MODIFICACIONES INTRODUCIDAS POR LA LEY N° 18.768. | Ley N° 16744; Ley N° 18768 |
25/01/1989 | Circular 1112 | Seguro laboral (Ley 16.744) | LEY N° 16.744 SOBRE ACCIDENTES DEL TRABAJO Y ENFERMEDADES PROFESIONALES. IMPARTE INSTRUCCIONES SOBRE FORMA DE CALCULO DE LOS SUBSIDIOS POR INCAPACIDAD TEMPORAL Y DEMÁS MODIFICACIONES INTRODUCIDAS POR LA LEY N° 18.768. | Ley N° 16744; Ley N° 17322; Ley N° 18469; Ley N° 18768; D.F.L. N° 44, de 1978, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; D.L. N° 3500, de 1980, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social |
Fecha publicación | Título | Temas | Descriptores | Fuentes |
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05/04/2007 | Dictamen 21652-2007 | Subsidio Incapacidad Laboral (SIL) | Ley N° 16.744; Ley N° 19.345; D.F.L. N° 44 de 1978; D.S. N° 101, de 1968, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; D.S. N° 109 de 1968, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social | |
21/11/1990 | Dictamen 9315-1990 | Subsidio Incapacidad Laboral (SIL) | D.F.L. Nº 44, de 1978, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; D.L. Nº 3.500, de 1980 | |
03/05/1990 | Dictamen 3811-1990 | Seguro laboral (Ley 16.744) | Ley Nº 16.744; Ley Nº 18.768; D.F.L. Nº 44, de 1978, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social | |
28/07/1989 | Dictamen 6034-1989 | Seguro laboral (Ley 16.744) | Ley Nº 18.768; Ley Nº 16.744; D.F.L. Nº 44, de 1978, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social | |
14/02/1989 | Dictamen 1317-1989 | Seguro laboral (Ley 16.744) | Ley Nº 16.744; Ley Nº 18.768; D.F.L. Nº 44, de 1978, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; D.L. Nº 3.501, de 1980 |
Título | Detalle |
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Ley 18.768 | Ley 18.768 |
Ley 16.744 | Ley 16.744 |