Concordancia con Circulares: Circular Nº 849, de 1983, de la Superintendencia de Seguridad Social
La Mutual de Seguridad ha solicitado un pronunciamiento de esta Superintendencia en relación con la contabilización del aumento de la provisión de los capitales representativos producto del incremento en los montos brutos de las pensiones dispuesto en los artículos 3º y 4º de la Ley Nº 18.754.
Al respecto, esta Superintendencia informa que de acuerdo con lo instruido en el punto dos de la Circular Nº 849, de 26 de diciembre de 1983, de este Servicio, corresponde que la contabilización del aumento de la provisión de los capitales representativos se efectúe con cargo a resultados del ejercicio, siendo procedente que se registre a continuación del resultado neto operacional.
CONSTITUCIÓN DE CAPITALES REPRESENTATIVOS DE PENSIONES EN LAS MUTUALIDADES DE EMPLEADORES DE LA LEY N°16.744. DEROGA Y REEMPLAZA CIRCULAR N° 849, DE 1983.
Leyes N°s. 16.395 y 16.744. D.S. N°25, de 2017, del Ministerio del Ministerio del Trabajo y Previsión Social
FORMATO ÚNICO DE PRESENTACIÓN DE ESTADOS FINANCIEROS (F.U.P.E.F.). IMPARTE INSTRUCCIONES A LAS MUTUALIDADES DE EMPLEADORES DE LA LEY N° 16.744.
Ley N° 16744; Ley N° 16395; Ley N° 17322; D.L. N° 1819, de 1977, del Ministerio de Hacienda; D.S. N° 97, de 1983, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; D.S. N° 285, de 1968, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social.