Contenido principal
Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

Dictamen 4957-1987

.

Fecha: 06 de agosto de 1987

Tema: PENSIONES ASISTENCIALES DEL DL N°869, de 1975

Destinatario: INTENDENTE DE LA XII REGION, MAGALLANES Y ANTARTICA CHILENA

Fuentes: Ley Nº 18.611; Ley Nº 16.395; D.S. Nº 49, de 1987; D.S. N° 50, de 1987, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; D.S. Nº 369, de 1987; D.S. Nº 368, de 1987, del Ministerio de Hacienda; D.L. Nº 869, de 1975


Comunico a Ud. que su Resolución, mediante la cual distribuye entre las comunas de su Región el número mensual de nuevos subsidios familiares a otorgar durante los meses de julio a noviembre de este año y determina el número de nuevas pensiones asistenciales que se podrán conceder mensualmente en esa Región durante el mismo período, se aprueba con los alcances de que deberá ser complementada indicando cuanto subsidios familiares se otorgarán a menores y cuantos se destinarán a mujeres embarazadas, y que en la determinación del número de nuevas pensiones asistenciales debe rectificarse indicando que él es a nivel regional.
Lo anterior por cuanto en el D.S. Nº49, de 1987, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, conforme a lo dispuesto en el inciso tercero del artículo 32 del D.S. Nº368, de 1987, del Ministerio de Hacienda, distinguió entre nuevos subsidios a otorgar a menores y aquellos a conceder a la mujer embarazada, sin perjuicio que el número asignado a esta última puede ser también destinado a menores.
Además, conforme a lo dispuesto en el inciso tercero del artículo 8 del D.L. Nº869, de 1975, la determinación del número de nuevas pensiones asistenciales que se podrán conceder mensualmente es a nivel regional, por lo que no procede distribuir los cupos asignados a determinadas comunas como se hizo en la especie. Por tanto, deberá rectificarse en tal sentido la resolución de que se trata

Fecha publicaciónTítuloTemasDescriptoresFuentes
28/06/1991Dictamen 4957-1991Asignación familiar D.F.L. Nº 150, de 1981, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social