Contenido principal
Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

Dictamen 2267-1980

.

Fecha: 14 de julio de 1980

Tema: ASIGNACIÓN FAMILIAR

Destinatario: SERVICIO DE SEGURO SOCIAL

Fuentes: D.L. N° 869, de 1975; D.L. N° 307, de 1974


En relación con el derecho a asignación familiar de los descendiente de los beneficios de pensiones asistenciales del D.L. N° 869, de 1975, se pronuncia sobre las expresiones "vivan a su cargo" del art. 7 del mismo D.L., concluyendo que ellas son equivalentes a las de vivir a expensas del D.L. N° 307, de 1974; y que ninguna de las dos comprenden la idea de que quien vive a cargo o a expensas de otro debe necesariamente vivir en su morada. Por lo tanto, pueden ser invocados como causantes de asignación familiar los hijos de un pensionado del D.L. N° 869 aún cuando éste haya abandonado el hogar y, por lo tanto, no viva en la misma morada que sus hijos.
ANOTACIONES
NOTA
Aplica 7610 - 20-9-84
7097 - 18-6-85

Fecha publicaciónTítuloTemasDescriptoresFuentes
19/01/2005Dictamen 2267-2005Seguro laboral (Ley 16.744) Ley Nº 16.744; D.S. Nº 101, de 1968, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social
23/06/1978Dictamen 2267-1978Asignación familiar D.L. Nº 307, de 1974; D. Nº 75, de 1974, Previsión

Legislación citada

DL 307DL 869

Vea además:

Dictámenes SUSESO