Dictamen 2022-1980
.
Ex-trabajador de empresa, que sufrió un accidente de trabajo que le produjo la pérdida de ambas piernas, motivo por el cual se le concedió pensión de invalidez y, además, la empresa le otorgó prótesis que, por el transcurso del tiempo, es necesario reemplazar, tiene derecho a que las nuevas prótesis le sean otorgadas también por la misma Empresa, en su calidad de administradora delegada del seguro de Ley 16744, de acuerdo con los arts. 29 y 72 de Ley 16744.
Fecha publicación | Título | Temas | Descriptores | Fuentes |
---|---|---|---|---|
22/01/2001 | Dictamen 2022-2001 | Licencias médicas | D.S. N° 3, de 1984, del Ministerio de Salud; D.F.L. N° 44, de 1978, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; Código del Trabajo | |
17/08/1981 | Dictamen 2022-1981 | Servicios de Bienestar | Ley Nº 11.764; D.S. Nº 722, de 1955, del ex-Ministerio de Salud Pública y Previsión Social; D.F.L. Nº 1, de 1959 |
Título | Detalle |
---|---|
Ley 16.744 | Ley 16.744 |