Dictamen 1370-1980
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Complementa nóminas de establecimientos educacionales cuyos alumnos pueden ser invocados como causantes de asignación familiar, en los términos del art. 3 del DL 307, de 1974 con las sedes de Temuco, Osorno, Puerto Montt y Anexo de Angol de la Sede de Temuco del La Empresa X. Señala resoluciones que reconocieron la calidad de Cooperador de la Función educacional del Estado e indica que los alumnos causan asignación familiar a contar de la fecha de reconocimiento.