Dictamen 1016-1979
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Aprueba y levanta suspensión de los acuerdos de esa Mutualidad sobre creación de un Consejo Regional y Reglamento para el funcionamiento de ese Consejo, que esa Asociación ha explicado como medidas de Administración y de dirección adoptadas por el Directorio en virtud de las facultades del art. 18 de sus Estatutos.
Señala que el Reglamento debe referirse a Consejeros y Consejo y no a Directores y Directorio porque la calidad de Directores sólo pueden detentarla las personas que forman parte del Directorio de la Asociación, que ha sido constituído de acuerdo con las normas del Decreto 285, de 1968.
Fecha publicación | Título | Temas | Descriptores | Fuentes |
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21/03/1980 | Dictamen 1016-1980 | Cajas de Compensación | D.L. Nº 307, de 1974; D.L. Nº. 603, de 1974; D.F.L. Nº 43, de 1978, Previsión | |
22/03/1978 | Dictamen 1016-1978 | Servicios de Bienestar | Ley N° 11.764; Ley N° 16.781; Ley N° 17.538; Ley N° 17.301; Ley N° 16.464; D N° 722, de 1955; D.F.L. N° 286, de 1960; D N° 1.574, de 1971, del Ministerio de Educación; D N° 274 de 1966, Previsión; D N° 1.897 de 1965, del Ministerio del Interior, Código del Trabajo |