Dictamen 1001-1979
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Los únicos establecimientos educacionales que autorizan a sus alumnos para causar asignación familiar en los términos previstos por el art. 3 del DL 307, de 1974 son los incluidos en las nóminas que envía el Ministerio de Educación en cumplimiento del art. 26 del Decreto 74, de 1974. Como los Institutos Pre-Universitarios no están incluidos en ellas, cabe concluir que sus alumnos no causan asignación familiar como estudiantes