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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

Circular 800

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Fecha: 08 de octubre de 1982

Materia: IMPARTE INSTRUCCIONES SOBRE REAJUSTE DE PENSIONES QUE DEBE APLICARSE A PARTIR DEL 1° DE OCTUBRE DE 1982, DE ACUERDO AL ARTÍCULO 5° DE LA LEY N°18.134-17-JUN-1982-M. DE HACIENDA- D.O.31.294.

Tema: PENSIONES ASISTENCIALES DEL DL N°869

Acción: Instruye

Vigencia: No Alterado

Fuentes: D.L. N° 869, de 1975, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; Ley N° 18134, artículo N° 5; Ley N° 10662; Ley N° 15386; Ley N° 16464; Ley N° 18073; D.L. N° 446, de 1974, del Ministerio de Hacienda.

Departamento(s): ACTUARIAL

Fecha publicaciónTítuloTemasDescriptoresFuentes
29/09/1983Dictamen 3504-1983Subsidio Incapacidad Laboral (SIL) Ley Nº 18.224; D.F.L. Nº 44, de 1978, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; D.L. Nº 2.758, de 1979
TítuloDetalle
Artículo 5ley 18.134, artículo 5