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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

Ley 9.613

Encabezado

    FIJA EL TEXTO DE LA NUEVA LEY DE PELUQUEROS Por cuanto el Congreso Nacional ha prestado su aprobación al siguiente
    Proyecto de ley:

Promulgación

    Y por cuanto he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo, por tanto, promulguese y llévese a efecto como ley de la República.
    Santiago, trece de Junio de mil novecientos cincuenta.- GABRIEL GONZALEZ VIDELA.- Jorge Mardones Restat.- Ramón Plaza Monreal.

Dictámenes relacionados (1)

Fecha publicaciónTítuloTemasDescriptoresLegislación citada
20/06/1985Dictamen 7195-1985Asignación familiar DL 3500, artículo 91ley 18.018, artículo 2Ley 9.613