Ley 3.918
Articulos citados
Encabezado
Lei núm. 3,918.- Por cuanto el Congreso Nacional ha dado su aprobacion al siguiente PROYECTO DE LEI:
Promulgación
Y por cuanto, oido el Consejo de Estado, he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto, promúlguese y llévese a efecto como lei de la República. Santiago, a siete de marzo de mil novecientos veintitres.- Arturo Alessandri.- A. Rodríguez.